Las partes del caso Noos han comenzado a preparar sus escritos de calificación ante el inminente fin de la instrucción que prepara el juez José Castro, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma. Las peticiones de penas que ultiman algunas de las partes pueden contener grandes sorpresas jurídicas con todavía más grandes consecuencias penales: Iñaki Urdangarín podría evitar la cárcel si se respeta la petición de penas que baraja el ministerio público.
La Audiencia de Palma favorece la agrupación de los delitos para no "punir doblemente los mismos hechos"
Según revelan fuentes de la causa, la Fiscalía Anticorrupción pretende acogerse a la doctrina seguida por la Audiencia de Palma en varias sentencias que considera que el delito de blanqueo de capitales no existe en sí mismo sino que es parte de un tipo penal llamado delito fiscal, contemplado en el artículo 305 del Código Penal. El subsumir un delito dentro del otro no es sólo un debate teórico entre los penalistas sino que tiene una consecuencia práctica inmediata para el Duque de Palma: Iñaki Urdangarín se enfrentaría a una condena y no a dos. Dado que el delito fiscal está castigado con entre uno y cinco años de cárcel, una única pena evitaría su ingreso en prisión ya que la práctica judicial en nuestro país no contempla el ingreso en la cárcel para quien recibe una sentencia inferior a dos años de cárcel y no tiene antecedentes penales.
El juez instructor se opone a ese criterio
Según revelan fuentes de la causa, el juez Castro es contrario a ese criterio y pretende citar jurisprudencia del Tribunal Supremo contraria a la doctrina de la Audiencia de Palma. Según una sentencia del alto tribunal de 5 de diciembre de 2012, el delito fiscal se considera como una figura penal diferenciada y previa a la de blanqueo de capitales. También las acusaciones del caso sostienen que son dos y no uno los delitos por los que debería acusarse a Iñaki Urdangarín en el caso Noos. De hecho, los expertos jurídicos que han analizado el asunto consideran que el delito fiscal es una actividad delictiva previa al blanqueo de capitales y subrayan --como recoge el titular de Derecho Penal de la Universidad de Alicante, Isidoro Blanco-- que "las tendencias internacionales parecen moverse hacia la admisión del fraude fiscal como actividad delictiva antecedente del blanqueo de capitales".
Sin embargo, el criterio de la Audiencia de Palma ha avalado esa doctrina de la Fiscalía y va a ser, precisamente, el tribunal provincial el que finalmente fije fecha y criterios para el juicio por lo que la idea de que ambos delitos forman en realidad uno solo tiene visos de llegar a la vista. De hecho, la Audiencia interpreta que el Tribunal Supremo ha asimilado ambos delitos y que se opone a "punir doblemente los mismos hechos".
De ese debate jurídico depende que Iñaki Urdangarín reciba una eventual condena por uno o dos delitos, es decir, que pueda o no entrar en prisión si finalmente se demuestra su culpabilidad en el juicio.
El juicio oral pendiente de cuatro trámites
Cuatro trámites más separan la instrucción del caso de la fase de juicio oral: la Agencia Tributaria todavía debe remitir dos informes que el juez ha reclamado reiteradamanente, la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF) de la Policía ha de remitir también su análisis de las cuentas y, por último, el juez ha de enviar a las partes un escrito en el que dé cuenta de lo que considera hechos probados para pedir opiniones antes de decidir si imputa finalmente o no a la hija del Rey, la infanta Cristina.
Ese último trámite es, precisamente, el que ha llevado al Ministerio Público a cambiar la posición que había mantenido anteriormente.
- El fiscal pidió la desimputación de la infanta después de que fuera imputada por el juez Castro.
- Apoyó después que una parte de la causa abandonara su jurisdicción y los juzgados de Palma para ser trasladada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana para que se incluyera en la causa al expresidente Francisco Camps y a la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá.
- Ahora, pretende acogerse a una doctrina que también minimizaría el impacto judicial del caso.
En cualquier caso, las tomas de posición de las partes empiezan a reflejar que todas ellas se preparan ya para la siguiente fase del caso: la del juicio oral.
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