Agregar a alguien a un grupo de WhatsApp sin su consentimiento podría ser delito. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha considerado que el Ayuntamiento de Boecillo (Valladolid) cometió una infracción grave el 26 de octubre de 2016 al incluir a un grupo 255 números de vecinos para proporcionar información de interés vecinal.
El Ayuntamiento de Boecillo alegó que lo creó "por error", pues en realidad lo que quería era generar una lista de distribución, y que lo borró a las tres horas. Pero la AEPD considera que "ha divulgado los datos personales de los vecinos del municipio y del resto de personas incluidas en el grupo de WhatsApp", haciéndolos visibles públicamente.
Las multas previstas para este tipo de infracción van desde los 40.001 euros hasta los 300.000. No obstante, ahora el ayuntamiento podrá recurrir la resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Esta sentencia pone de manifiesto que no sólo se requiere el consentimiento de los titulares afectados para incluir sus números en los grupos de Whatsapp, sino que también se usen para las finalidades con las que se obtuvieron esos datos.
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