España

El juez sólo se fía del inspector 'Numa-3173' de la AEAT para investigar las cuentas de la infanta

El magistrado instructor del 'caso Nóos' exige a la Agencia Tributaria que adscriba a su juzgado al integrante de Vigilancia Aduanera "que tan eficaz labor ha venido llevando a cabo en la presente causa". Quiere que sea él quien interprete y supervise los informes fiscales sobre Aizoon SL, la empresa de la hija del rey y Urdangarín.

El juez José Castro, instructor del caso Nóos, sólo se fía de un funcionario de Hacienda. En concreto, del que responde al nombre en clave Numa 3173, integrante del Cuerpo Ejecutivo de Vigilancia Aduanera. Así se deduce del auto hecho público ayer en el que el magistrado insta a la Agencia Tributaria de Cataluña a elaborar un informe completo sobre los supuestos delitos fiscales y de blanqueo en los que pudiera haber incurrido la infanta Cristina a través de Aizoon SL, la empresa que compartía con Iñaki Urdangarín. En dicho escrito, el juez pide expresamente a Hacienda que "adscriba a este juzgado" a dicho funcionario. El magistrado justifica su decisión en la "eficaz labor" que este miembro de Vigilancia Aduanera "ha venido llevando a cabo en la presente causa". Su misión, según detalla el auto, será asesorarle  "en materia tributaria y de blanqueo de capitales". 

El funcionario de Vigilancia Aduanera lleva trabajando con el juez Castro en el 'caso Nóos' desde que éste abrió la investigación en agosto de 2011

Numa 3173 lleva trabajando con el magistrado desde que éste decidió, en agosto de 2011, abrir una pieza separada dentro del Caso Palma-Arena para investigar las actividades en Baleares de Urdangarín y su socio, Diego Torres. Sólo tres meses después, el juez Castro dictaba el auto por el que ordenaba el registro de la sede que tenía en Sant Cugat (Barcelona) la Fundación Deporte Cultura e Integración Social (FDCIS), la sucesora del polémico Instituto Nóos. En dicho escrito, el juez ordenaba al Grupo de Delitos Económicos de la Policía que buscase en dicho domicilio toda la documentación que pudiesen hallar sobre las supuestas actividades delictivas del yerno del rey y su socio, y les ponía como "apoyo técnico" a cuatro funcionarios de la Agencia Tributaria. Uno de ellos era, precisamente, Numa 3173.

La petición del juez de que se le adscriba este funcionario se produce en un momento clave del sumario: cuando se dilucida si la infanta Cristina es finalmente encausada por delito fiscal e, incluso, blanqueo de capitales. Una puerta que dejó abierta el pasado 7 de mayo la propia Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el auto en el que levantaba provisionalmente la imputación sobre la hija del rey. En dicho decisión judicial, el tribunalcríticó duramente el informe el informe de la Agencia Tributaria en el que hacía reacer todas las sospechas sobre la supuesta existencia de irregularidades en Aizoon exclusivamente en Urdangarín, a pesar de que la propiedad de la empresa era compartido al 50% con su esposa.

Aquel informe había sido elaborado por la Delegación de la Agencia Tributaria de Cataluña, pero había sido 'visado' por altos cargos de Hacienda en Madrid antes de ser remitido al juzgado de Castro, según destacaba expresamente el auto de los tres magistrados. En concreto, señalaban como autor de la revisión al director de la Agencia Tributaria, cargo ocupado por Beatriz Gloria Viana. El documento original, el conocido como informe tributario, había sido elaborado por la Delegación de Cataluña el 14 de enero de 2013, si bien, fue reescrito con una segunda versión que –según destacó entonces la Audiencia de Palma— suscitaba “zonas oscuras” y tendía a exculpar a la Infanta sin ninguna justificación. De hecho, el informe sostenía que la cuotas defaudadas a través de la mercantil de los duques de Palma "pueden considerarse como mínimas" cuando ni siquiera las había calculado.

El procedimiento habitual 

Fuentes internas de la Agencia confirmaron entonces a este diario que aquella 'revisión' no era un procedimiento habitual, ya que los expedientes de inspección se suelen resolver en la zona de residencia del contribuyente, en este caso Cataluña, y no cruzando informes entre territorios. Sólo cuando los inspectores encuentran indicios de fraude fiscal superior a los 120.000 euros, los expedientes se remiten a las llamadas “Unidades de Delito” de cada zona para que inicien actuaciones penales. Tradicionalmente, la Unidad de Delitos de Barcelona remite la causa al servicio jurídico de la propia capital catalana para que se pronuncie, siguiendo un reglamento interno que data de marzo de 1992. Sin embargo, en el caso del informe fiscal sobre Aizoon SL, los dos inspectores encargados del expediente fueron instados a remitir el expediente desde Barcelona a la Unidad Central de Madrid que fue la que finalmente emitió el informe jurídico remitido a los tribunales.

Ahora, el juez Castro quiere evitar que el nuevo informe que ha pedido sobre "la real intervención que en supuestas irregularidades fiscales y de blanqueo de capitales haya podido tener Doña Cristina Federica de Borbón y Grecia" viaje de Barcelona a Madrid sin su conocimiento. Por ello, el auto detalla hasta en cuatro ocasiones, que el organismo encargado de elaborarlo es la "Dependencia Regional de la Agencia Tributaria de Catalunya". Quiere que sea este organismo, y no los servicios centrales en Madrid, los que realicen la investigación fiscal sobre la infanta y, más en concreto, el supuesto lavado de dinero que esta pudo realizar a través de las obras de rehabilitación de su vivienda en Barcelona y a través de otros gastos personales, como apuntaba el auto de sus compañeros de la Audiencia de Palma. Cuando lo tenga sobre su mesa, será Numa-3173 quien ayude al magistrado a interpretarlo.

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