España

El fiscal del TS descarta presiones del fiscal general pero admite un borrador sobre Tsunami

El fiscal Álvaro Redondo admite que hubo un "borrador" previo a su informe pero asegura que desde el primer momento descartó apreciar terrorismo en las actuaciones de Puigdemont y así lo trasladó en la junta del 30 de enero

El fiscal del Tribunal Supremo Álvaro Redondo ha salido al paso de la polémica sobre su informe por el cual se opone a que el alto tribunal asume la investigación de Tsunami Democràtic por terrorismo. Por ello ha negado que hubiera un cambio de criterio aunque ha admitido la existencia de un “primer borrador interno” que no era más que un documento de trabajo.

Dicho borrador, según relata, no fue el que llegó a la junta de fiscales del alto tribunal el pasado 30 de enero, sino que el documento que se abordó fue la ponencia que se opone a investigar a Carles Puigdemont y al resto de imputados en la causa de Tsunami Democràtic. Dicho documento, al que ha tenido acceso Vozpópuli, apunta en la línea del fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Ángel Carballo, acerca de que los hechos no serían constitutivos de delito de terrorismo.

Sin embargo, ante la información publicada por el diario El Mundo acerca de que existió un informe previo en el cual defendía un criterio contario, Redondo precisa que fue un borrador, sin determinar ni el contenido ni el sentido del mismo. Con todo, insiste en que solo ha existido un documento y es el que descarta la existencia de terrorismo, a la par que niega que entre ambos escritos haya recibido instrucciones del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

"No he recibido ninguna instrucción"

"Desmiento haber recibido ninguna instrucción del fiscal general en relación con este asunto. Reitero: no recibí, no ya una instrucción, sino siquiera una mínima sugerencia sobre la postura jurídica que debía asumir, como ponente, ante la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo”, reza el fiscal Redondo, quien recuerda que su único criterio de actuación es "la más estricta aplicación de la ley (...) desde la más absoluta imparcialidad".

Redacté un primer borrador interno, como documento de trabajo, sin carácter de documento procesal. Varios días después, elaboré el borrador de ponencia para la junta de fiscales. Los hechos no constituían delito de terrorismoNota del fiscal Álvaro Redondo

Redondo confirma que la reunión con García Ortiz se produjo a primera hora de la mañana de ese 30 de enero, justo antes de celebrar la junta de fiscales. Según defiende, le adelantó "someramente" el sentido del borrador de la ponencia a García Ortiz, el cual "se dio por enterado verbalmente". No consideró necesario recibir, como le ofrecí, y era totalmente procedente, si quiera una copia de dicho borrador", alega.

A su nota se suma también una segunda difundida por la Fiscalía General del Estado en la cual se "niega tajantemente" que García Ortiz haya influido en la decisión de este fiscal a quien, por reparto, le tocó informar sobre la exposición razonada del magistrado Manuel García Castellón. Al respecto se alude a la "libertad de criterio" de Redondo y también a la ausencia de "supuestas presiones" en las que se le habría forzado a cambiar su criterio y posicionarse en contra de asumir la investigación por terrorismo contra Puigdemont por Tsunami Democràtic.

El informe en cuestión no es definitivo ya que se abordará en la junta de fiscales de lo penal del Supremo que se celebra con carácter periódico cada martes. En esta próxima reunión, que se avecina intensa y compleja, la docena de fiscales que integra la junta votará en relación a su informe. La deliberación se hará a mano alzada y de la misma puede concluirse el respaldo a su criterio o bien el rechazo del mismo, lo que implicaría la redacción de un informe nuevo recogiendo el sentir mayoritario de los fiscales que integran dicha junta.

El informe sobre Tsunami

El documento que se aborda este martes responde a la solicitud de la Sala de lo Penal del alto tribunal acerca de emitir dictamen sobre si asumir o no la competencia razonada del caso Tsunami. Al respecto Redondo explica en su extenso informe recuerda todas las acciones de Tsunami Democràtic mencionadas por el magistrado en su exposición razonada, desde el asedio al aeropuerto del Prat hasta los cortes en la AP-7, los disturbios en el Camp Nou o las protestas callejeras contra la sentencia del procés.

Tras abordar todos los hechos investigados desde el año 2019, el fiscal explica que todos estos hechos serían constitutivos de delito de desórdenes públicos; criterio que también defiende el fiscal del caso Tsunami en la Audiencia Nacional. Además rechaza la tesis del instructor acerca de que se debe atribuir a los imputados la responsabilidad de las lesiones de los policías heridos en dichas protestas.

"Ninguna de dichas lesiones puede ser objetivamente imputada a los señores aforados", reza el informe el cual también añade que, del mismo modo, tampoco se puede responsabilizar a los manifestantes de El Prat el fallecimiento del turista francés. "La muerte aparece vinculada a un enfermedad cardíaca crónica. En el supuesto de que tal conexión pudiera establecerse parece evidente que dicho suceso no puede imputarse a la concreta actuación de los señores aforados", añade Redondo.

Devolución a la Audiencia Nacional

En relación a los hechos más graves de Tsunami, relativos al asedio de El Prat, el fiscal explica que dichas actuaciones afectan "sin duda" al derecho humano de la libertad y a la integridad moral, sobre todo en lo que respecta al encierro de los controladores aéreos en la torre de control del aeropuerto de Barcelona. No obstante, discrepa de García Castellón al considerar que estos hechos no serían constitutivos de terrorismo, sino de coacciones.

Los indicios (contra Puigdemont y Wagensberg) resultan demasiado abiertos para poderse afirmar que concurre la situación que permitiría que el Tribunal Supremo asumiera la competenciaInforme del fiscal del Supremo sobre Tsunami

"Si se analiza en profundidad la descripción del bloqueo de los controladores o pasajeros, se observa que no se hace referencia a una conducta, por parte de los manifestantes, ni por parte de los promotores de dichas actuaciones, que pudiera equivaler a la descripción típica de la detención ilegal, según la referida jurisprudencia", razona.

En relación con los indicios que recoge el magistrado contra Puigdemont y el diputado de ERC Rubén Wagensberg (a quien el instructor acaba de ordenar que se le localiza tras su fuga a Suiza), el fiscal sostiene que no son lo suficientemente sólidos como para que la Sala de lo Penal les investigue. "Los indicios resultan demasiado abiertos, para poderse afirmar que concurre la situación procesal que permitiría que el Tribunal Supremo asumiera la competencia", alega.

Por ello concluye que la exposición razonada del magistrado debe volver a su mesa para "continuar las investigaciones" y "al no concurrir los indicios de criminalidad" para que el Supremo asuma la causa de Tsunami.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP