La Abogacía General del Estado ha recurrido la decisión judicial sobre el cese del coronel de la Guardia Civil, Diego Pérez de los Cobos, por pérdida de confianza. En el escrito, al que ha tenido acceso Vozpópuli, se defiende que la actuación del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska corresponde a una motivación "real y legal", y acusa al miembro del Instituto Armado de mentir en cómo gestionó la información en torno a las pesquisas que culminaron con su destitución.
El recurso presentado por la Abogacía General del Estado en representación del Ministerio del Interior enumera cinco motivos de apelación de la sentencia impugnada. Entre otros, incide en que el puesto del coronel era de libre designación al amparo de la Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil y que, por tanto, su cese en base a pérdida de confianza sería motivo suficiente para justificar la decisión.
También se señala que las "manifestaciones del recurrente" -en referencia a Pérez de los Cobos- "contradicen el resultado de la prueba practicada". A juicio de la Abogacía General del Estado, "no es cierto que el demandante informase a sus superiores de las diligencias practicadas en torno a las manifestaciones del 8-M "hasta que la Magistrada ordenó expresamente que no se informase a nadie más que a ella": "Dicha afirmación no es cierta se mire la prueba por donde se mire".
"Desviación de poder"
El escrito arremete contra la decisión que adoptó la Audiencia Nacional y defiende que no hubo ninguna "desviación de poder" en el cese de Pérez de los Cobos, tal y como se recogía en la sentencia que declaraba ilegal la decisión.
La Abogacía General del Estado sostiene en el documento -de 35 páginas- que "la motivación del cese es real y legal", y que la declaración del teniente general Laurentino Ceña -quien dimitió de su cargo como Director Adjunto Operativo a partir de esta polémica- en la que se basa esta argumentación "no constituye una fuente precisa": "La declaración testifical del Teniente General Ceña no permite concluir, como se hace en la sentencia apelada, que no pudiera efectuarse ninguna comunicación de ningún tipo a la cadena de mando del Ministerio del Interior".
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