La Junta Electoral Central (JEC) ha emplazado a la presidenta en funciones del Parlamento de Cataluña a que en un plazo de diez días comunique qué decisión va adoptar sobre la retirada o no del escaño de la presidenta suspendida Laura Borrás tras haber sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a 4 años y medio de cárcel por adjudicar contratos a dedo.
La JEC, que este jueves ha analizado los tres escritos del PP, Vox y Ciudadanos que solicitaban la retirada del escaño a Borràs ante esta condena, ha recordado el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que establece que son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública o contra las instituciones del Estado.
Recuerda el apartado 4 de dicho artículo que las causas de inelegibilidad "lo son también de incompatibilidad" y recalca que el delito de prevaricación administrativa por el que ha sido condenada Borràs está incluido en el título IX del Código Penal dedicado a los delitos contra la Administración Pública.
La JEC pide a la vicepresidenta primera y presidenta en funciones del Parlamento de Cataluña que en el plazo de diez días hábiles comunique a la Junta Electoral Central las decisiones, resoluciones o cualesquiera otras medidas que esa institución haya podido adoptar en relación con este asunto, así como las alegaciones que, en su caso, desee formular, en orden a poder adoptar alguna decisión sobre esta cuestión.
Esta noticia es de última hora y está en proceso de elaboración. En los próximos minutos podrá leer una versión más amplia. Mientras tanto, puede seguir toda la actualidad en www.vozpopuli.com o a través de nuestras redes sociales (Twitter, Instagram o Facebook). También está disponible nuestra aplicación móvil de Vozpópuli, gratuita tanto para iOs como para Android.
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación