España

Un juez obliga a Defensa a reconocer la incapacidad por acto de servicio de un guardia civil absuelto por el Tarajal

Defensa reconoció que el guardia civil estaba incapacitado para desarrollar su labor, pero lo desvinculó inicialmente a los hechos del Tarajal

La tragedia del Tarajal, en la que una quincena de inmigrantes perdió la vida al intentar alcanzar Ceuta por vías irregulares, no sólo propició una honda polémica política, también dio pie a un dilatado procedimiento judicial contra los guardias civiles intervinientes que se prolongó durante más de ocho años y que llegó hasta el Tribunal Supremo.

Uno de los agentes del Instituto Armado implicado en los hechos fue diagnosticado de trastorno adaptativo de ansiedad con evolución a trastorno de estrés postraumático. Ahora, un juez obliga al Ministerio de Defensa a reconocer que el origen de la enfermedad radica precisamente en los acontecimientos que se vivieron en el Tarajal, que le han supuesto la declaración de incapacidad permanente para el servicio.

Así consta en una sentencia dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 10 de Madrid a la que ha tenido acceso Vozpópuli, en la que se recogen la cadena de acontecimientos que llevaron al agente de la Guardia Civil E.J. hasta la intervención en el Tarajal y posteriores.

Según consta en el escrito, E.J. se encontraba prestando servicio de cobertura de fronteras en Ceuta el 6 de febrero de 2014, cuando se le comunicó que cientos de personas trataban de acceder a territorio español por vías irregulares a través del Tarajal.

“Junto con sus compañeros bajó a la playa y se introdujo en el mar hasta las rodillas para llamar la atención de los inmigrantes. Algunos ganaron tierra y cayeron al suelo totalmente exhaustos, con la ropa desgarrada, arañazos, mucho cansancio”, detalla la sentencia, considerando que estos hechos son probados.

Y añade: “[Los guardias civiles, incluido E.J.] vieron cadáveres flotando en el agua y atendieron a quienes habían alcanzado la playa. Posteriormente los trasladaron hacia el interior para entregarlos a otras unidades y empezaron a recibir lanzamiento de piedras y objetos provenientes del lado marroquí, teniendo que retirar los vehículos oficiales de dicho lugar y resguardarse”.

El procedimiento judicial

A partir de entonces arrancó un complejo procedimiento judicial bajo acusaciones de prevaricación, lesiones, homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte y denegación de auxilio. E.J., quien llegó a “tener pesadillas; reproducir imágenes del suceso; actitud de evitación de situaciones y lugares que le recordaban el suceso traumático, alerta, hipervigilancia, hiperactivación, irritabilidad, sobresalto, miedo y culpa”, mantenía su actividad profesional.

Hasta que llegó el 17 de febrero de 2017. Entonces se produjo un nuevo intento de salto masivo de inmigrantes a Ceuta que le obliga a intervenir junto a otros compañeros de la Guardia Civil. “Los inmigrantes adoptan una actitud agresiva y exaltada, golpean y escupen a los agentes”, relata la sentencia judicial.

E.J. se sintió falto de respiración, con dolor en ambos costados y zona del pecho y con un alto grado de nerviosismo. Se retiró hasta el vehículo, donde se acercaron otros compañeros para interesarse por su estado de salud. Desde allí fue trasladado a un centro médico donde se emitieron un informe y un parte judicial en los que hacen constar que sufrió una crisis de ansiedad.

La baja del guardia civil

A partir de entonces se le declaró la baja para el servicio por enfermedad psíquica y se encomendó a diversos especialistas psiquiátricos que diagnosticaron su situación: trastorno adaptativo de ansiedad con evolución a trastorno de estrés postraumático. El General Jefe de Personal inició en mayo de 2019 un expediente para determinar si E.J. estaba en situación de seguir trabajando en la Guardia Civil, pero éste se paralizó por la tramitación de los dilatados procedimientos judiciales que se prolongaron durante ocho años, acusando al agente y a otros compañeros de la Guardia Civil de homicidio.

Hasta que por fin fue absuelto y se le reconoció la incapacidad permanente de E.J., lo que suponía su ‘jubilación forzosa’ de la Guardia Civil. Sin embargo, el Ministerio de Defensa no vinculó esta situación a los acontecimientos que se vivieron en el Tarajal en 2014. De hecho, la incapacidad que se le reconoció no se vinculó a actos de servicio.

El guardia civil E.J. arrancó entonces un recurso contencioso administrativo de la mano del abogado Antonio Suárez-Valdés contra la resolución por la que se le jubiló. Y ahora, en sentencia fechada este 8 de enero de 2024, el juez deja sin efecto la resolución del Ministerio de Defensa, declarando que la incapacidad permanente para el servicio por insuficiencia de condiciones psicofísicas tiene su origen en acto de servicio, lo que supone una mejora sustancial en su condición de retiro, principalmente económicas.

Según el abogado Suárez Valdés, la sentencia supone un “importante espaldarazo” a los agentes de la Guardia Civil que trabajan en las vallas de Ceuta y Melilla, que a su juicio venían desempeñando su trabajo en condiciones “de absoluta indefensión al negarse el Ejecutivo a considerar acaecidas en acto de servicio las lesiones que pudieran desarrollar en el ejercicio de su trabajo”.

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