Las grabaciones que custodia el juez que investigó el conocido como caso Delcygate no saldrán de su juzgado. Antonio Serrano-Arnal ha respondido al Senado que no entregará las cintas solicitadas por la cámara alta porque están protegidas "por el carácter reservado" que le otorga la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De esta forma mantendrá estas grabaciones sobre la visita de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, bajo custodia judicial.
Así lo expone en un auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, en el que explica que "pese al deber genérico de colaboración con las Cortes Generales", debe primar en este caso el derecho fundamental a la intimidad. Es por ello que decide preservar las grabaciones de Barajas que desde el año 2022 conserva en una pieza de convicción del juzgado, tal y como informó este medio.
"Las grabaciones solicitadas, cuya preservación y depósito fue acordada por el Juzgado de Instrucción número 7 de Madrid, a la vista de que existían dos procedimientos abiertos en cuanto a la reseñada escala de la Señora Vicepresidenta de la República de Venezuela (...) permanecen en la caja fuerte de este órgano bajo la custodia de la Sra Letrada de la Administración de Justicia", reza el juez.
El caso Delcygate
Así pues, las grabaciones sobre lo ocurrido en Barajas la madrugada del 20 de enero de 2020 quedarán custodiadas en los juzgados de Plaza Castilla, donde permanecen desde mediados de 2022 cuando el juez las reclamó a Aena. Las grabaciones, convertidas en una prueba clave de este procedimiento, quedaron controladas por este organismo, si bien, tras el archivo de las diligencias, el juez las reclamó para su custodia judicial.
La causa que se siguió en los juzgados de Madrid por presunta prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos, desobediencia y usurpación de funciones, se terminó archivando, en sintonía con el criterio de la Fiscalía, al considerar que de los informes recabados de la Policía y de la Fiscalía no quedaba acreditado que Delcy Rodríguez transgrediera "la prohibición de entrada en territorio Schengen" porque "en todo momento en todo momento permaneció en la zona de tránsito internacional".
La derivada de estas diligencias abiertas en el Tribunal Supremo por la condición de aforado de José Luis Ábalos, entonces responsable e Transportes, también se sobreseyó ante la ausencia de indicios de delito del exministro socialista.
Ahora bien, la Sala Segunda consideró acreditado que la 'número dos' de Nicolás Maduro sí pisó terreno español, por lo que habría vulnerado la prohibición de entrada en el Espacio Schengen, conforme a las directrices de la Unión Europea. Con todo, el alto tribunal entendió que esta presunta vulneración no podía considerarse ilícito penal, sino que se trata de decisiones de carácter político que trascienden la esfera judicial.
Petición del Senado
Cuatro años después de abrirse las pesquisas, las grabaciones del Delcygate han vuelto a cobrar protagonismo debido a la aparición del caso Koldo. Las diligencias abiertas por el pelotazo de las mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión ha vuelto a poner en el foco estas imágenes puesto que parte de los protagonistas de esta causa de corrupción estuvieron presentes aquella madrugada.
De las diligencias practicadas se ha ido conociendo que, además de Ábalos, participaron en el encuentro su exchófer Koldo García, el comandante de la Guardia Civil imputado en la causa, Rubén Villalba, y también Víctor de Aldama, a quien algunos medios situaron en el lugar de los hechos.
En ese contexto, el Partido Popular -que ostenta la mayoría en el Senado- formuló un requerimiento de información que incluía una batería de peticiones, entre ellas las grabaciones del encuentro furtivo entre Ábalos y Delcy Rodríguez. El objetivo era esclarecer quienes participaron en aquella reunión, así como también investigar lo relativo a las maletas que la embajada venezolana se habría llevado del avión de Delcy Rodríguez; extremo este último que plasmó ante notario un vigilante de seguridad que presenció los hechos.
Pero el juez, en consonancia con la Fiscalía, descarta la petición y recuerda que la causa está protegida con el secreto que le confiere el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) sobre el secreto sumarial de las diligencias.
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