España

La juez de Plus Ultra sigue adelante con la causa y defiende la validez de la imputación

Desestima la petición de la aerolínea, de la Fiscalía y la Abogacía y concluye que la citación sí se acordó dentro del plazo de instrucción de la causa

El caso Plus Ultra sigue adelante. La juez declina anular la imputación de la aerolínea y también archivar la causa, pese al criterio de la compañía, de la Fiscalía y de la Abogacía General del Estado. Frente a la tesis de estas últimas, que sostienen que la citación en calidad de investigada debía anularse porque se acordó fuera de plazo, la instructora responde que la actuación es legal ya que el plazo no se contabiliza desde que se abrió la causa, sino desde que se imputó formalmente a la compañía.

En un auto que avanza Vozpópuli la magistrada Esperanza Collazos despeja las dudas sobre el futuro de este procedimiento penal, que se ha visto amenazado al pasársele prorrogar la causa dentro del plazo de instrucción. La titular del juzgado recoge jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TEDH para corregir el criterio del fiscal, la abogada del Estado y la propia aerolínea, que insistentemente vienen pidiendo el archivo de las actuaciones.

Al respecto en su respuesta recuerda que desde el arranque de las diligencias en abril de 2021, "prácticamente todas y cada una de las relaciones dictadas por este juzgado han sido recurridas". A excepción de las acusaciones populares -que ejercen el sindicato Manos Limpias, PP y Vox- el resto de partes sostienen que no hubo irregularidad alguna con el rescate de 53 millones de euros del Gobierno y que Plus Ultra cumplía con los requisitos exigidos para ser beneficiara de esta cuantía procedente del fondo para empresas estratégicas afectadas por la pandemia.

Plus Ultra tendrá que declarar

La magistrada, no obstante, ha seguido adelante con las diligencias en el marco de las cuáles imputó a la compañía y citó a su representante legal para el 15 de junio, tal y como avanzó este medio. La aerolínea respondió que este movimiento debía anularse por acordarse fuera del plazo de instrucción.

Las alegaciones de Plus Ultra no desvirtúan la legalidad de la resolución. La investigada podrá ofrecer al juzgado su versión de los hechos si es su deseo

Según expuso, la misma arrancó en abril de 2021 y, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se tendría que haber prorrogado antes de que cumpliera un año. Al no hacerlo, dijo, todo lo que se acordara desde entonces no tenía validez y dijo que tampoco se le podría llevar al banquillo ya que no se le había interrogado en instrucción.

La Fiscalía y la Abogacía (esta última en calidad de defensora del Consejo Gestor de la SEPI) se sumaron a la tesis de la compañía y volvieron a pedir el cierre de las actuaciones. Las acusaciones populares se mostraron contrarias y solicitaron la continuación de la causa alegando que hay indicios que apuntan que la compañía ya estaba en crisis mucho antes de la pandemia y que, por tanto, no era merecedora de la ayuda pública. Para ello se amparan en el peritaje independiente del juzgado que advirtió sobre algunas "irregularidades" de la firma.

"Se intentó no estigmatizar a nadie"

La magistrada decidió suspender la citación para resolver sobre este embrollo. Tras estudiarlo, resuelve ahora que se debe mantener y que no hay ilícito penal alguno ya que los plazos no empiezan a correr desde el inicio de las diligencias. Al respecto dice que no es hasta el día 25 de mayo -momento de la imputación de Plus Ultra- cuando se debe tener en cuenta el plazo. "Y todo ello en aras a ese equilibro entre las garantías constitucionales de defensa de la investigada que podrá ofrecer al juzgado su versión de los hechos si eses es su deseo", precisa.

Se incoaron actuaciones sin dirección a persona alguna y todo ello con el ánimo primordialmente de no estigmatizar a nadie

Además, también responde a las dudas acerca de por qué ha tardado un año en citar a Plus Ultra como imputada. Sobre este punto explica que en abril de 20212, tras la interposición de una denuncia de Manos Limpias se incoaron las actuaciones que no iban encaminadas contra ninguna persona en concreto. "Y todo en ello con el ánimo primordialmente de no estigmatizar a nadie", recalca.

Así pues, recuerda que el juzgado acordó una serie de pruebas siendo la principal la pericial independiente que se ordenó a un despacho externo. La finalidad, dice, era "considerar si las sospechas que se contenían por las partes acusadoras tenían una base indiciaria de delito". Toda vez que se incorporaron las conclusiones del experto externo y se les convocó a un careo con los de la SEPI para confrontar los criterio contrapuestos, la magistrada accedió entonces a citar a la compañía para que se pronunciara sobre el rescate en sede judicial.

Decidirá la Audiencia de Madrid

Ahora defiende sus actuaciones y concluye que las alegaciones del recurso de Plus Ultra "no desvirtúan la legalidad de la resolución impugnada". De esta forma desestima el recurso de reforma interpuesto por la aerolínea pero admite a trámite el de apelación que se interpuso subsidiariamente. Esto quiere decir que el asunto sobre la nulidad o no de la citación y el fin de la causa queda ahora en manos de la Audiencia Provincial de Madrid, que será la que resuelva sobre la cuestión.

Este mismo órgano ya se ha pronunciado en algunas cuestiones claves de la causa abierta por delitos de malversación, fraude o prevaricación, entre otros. Así, por ejemplo, respaldó el criterio de la instructora Collazos en relación a su decisión de encargar un peritaje independiente. De nuevo Fiscalía y Abogacía se opusieron alegando que con el criterio del asesor legal y financiero de la SEPI era más que suficiente.

Tanto Deloitte como Dc Advisory, respectivamente, validaron la operación pero avisaron de que el plan de viabilidad comprometido por Plus Ultra con el Gobierno era demasiado optimista. El perito designado por el juzgado concluyó, por su parte, manifestando sus dudas en relación a una posible irregularidad en las cuentas de 2019 de 6,3 millones de euros. Este ejercicio era clave ya que uno de los requisitos exigidos a las empresas era que a cierre de ese año no estuviera en crisis.

Además mostraron también sus dudas en relación a un préstamo que la aerolínea recibió del banco panameño Panacorp en 2017 y que se gestionó en un banco del paraíso fiscal de Dominica. Los expertos explicaron que las condiciones pactadas (del que tenían que retener parte de la cuantía acordada) ponía "en tela de juicio la realidad de préstamo participativo". En su comparecencia en sede judicial ratificaron sus conclusiones, dijeron que la compañía estaba en causa de disolución a fecha de 31 de diciembre de 2019 y llamaron la atención de que se acordara que el primer dinero del rescate fuera para pagar petróleo de Venezuela.

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