España

Rapapolvo de la Audiencia a Alaya: anula el auto en el que preimputó a Chaves y Griñán

En un auto, la sección séptima de la Audiencia dice que la resolución de la juez instructora donde se preimputa a Chaves y a Griñán "no se ajusta a las exigencias del derecho a una tutela judicial efectiva y de defensa".

La Audiencia de Sevilla ha ordenado a la juez de los ERE, Mercedes Alaya, que motive mejor el auto en el que preimputó a los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves, y cinco exconsejeros andaluces.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, la sección séptima de la Audiencia dice que la resolución de la juez instructora "no se ajusta a las exigencias del derecho a una tutela judicial efectiva y de defensa".

Por ello, le ordena motivar mejor, tal como había pedido la fiscalía anticorrupción, su decisión de preimputar a los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y a los exconsejeros Carmen Martínez Aguayo, José Antonio Viera, Francisco Vallejo, Manuel Recio y Antonio Ávila.

La Audiencia recoge que el "devenir de la instrucción ha conducido al descubrimiento" de que la Junta permitió que se pagaran sobrecomisiones "a cambio de ciertos favores" y que desde el año 2000 se llevaron a cabo modificaciones presupuestarias que "permitieron un uso ilícito de fondos públicos a través de la utilización palmariamente irregular de las transferencias de financiación".

Con ello se creó una "partida fraudulenta" a través de un trasvase de fondos que permitió "eludir el cumplimiento de la Ley de Subvenciones durante una década" y que ascendió a más de 93 millones de euros en menos de dos años, añade el auto.

La Audiencia relaciona la preimputación de estos aforados con la dirigida contra otros ex altos cargos de la Junta, confirma la posibilidad de la juez Alaya de llamarlos al proceso según el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero se remite a sus propios razonamientos cuando ordenó explicar mejor la imputación de la exconsejera y exministra Magdalena Álvarez.

La "motivación reforzada" deriva de que "se plantearía la posibilidad de un actuar ilegal por parte de poderes propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a su vez parte integrante de la organización territorial del Estado", dice el auto.

Cuando la imputación no ha sido pedida por ninguna parte sino que es iniciativa del juez y además en un sumario de "tan especial complejidad", es "más que razonable esperar que se explicite, de un lado, en qué se fundamenta el nuevo giro dado al proceso" y "qué concretas conductas penales" atribuye a cada imputado, añade.

Además, Alaya no ha concretado si a todos los aforados les imputa los delitos de malversación y prevaricación, si lo son por acción u omisión y si se trata de un delito básico o agravado.

En octubre pasado, esta misma sala de la Audiencia revocó parcialmente la imputación de la exministra de Fomento Magdalena Álvarez y la juez Alaya dictó un nuevo auto y le volvió a tomar declaración como imputada, lo que ocurrió el 7 de noviembre. Entonces, Álvarez volvió a defender ante la juez su actuación desde la Consejería de Economía, y atribuyó a la de Empleo el uso de las transferencias de financiación para conceder ayudas sociolaborales.

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