El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado el proyecto lingüístico de la Escuela Vora del Mar de Cubelles, en Barcelona, por no incluir el castellano como lengua vehicular. La decisión ha sido dada a conocer por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB), entidad que defiende a la familia que inició el procedimiento judicial. A lo largo de este año -explica la AEB- ya son siete los proyectos invalidados por excluir el español de las clases.
En su resolución, el TSJC tumba el plan "por no ser conforme a derecho el proyecto lingüístico vigente en el momento de los hechos en el centro educativo Escuela Vora del Mar de Cubelles debido a que no contempla el carácter vehicular del castellano como lengua oficial conjuntamente con el catalán".
"Partiendo de la consideración del catalán como centro de gravedad del sistema educativo, con la correspondiente traducción en el horario lectivo que debe derivarse de dicho principio, fijar la presencia mínima del castellano como lengua vehicular, en el curso y clase donde los hijos de la parte actora siguen sus estudios, en un 25% de las horas efectivamente lectivas, debiendo impartirse en dicha lengua oficial, además del área, materia o asignatura lingüística correspondiente a su aprendizaje, cuanto menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análoga", recoge el tribunal en los antecedentes del hecho.
Se trata de uno más de los 80 procesos judiciales abiertos por distintas familias desde 2005 en Cataluña y, al igual que en el caso de la familia de Canet de Mar que está siendo acosada por el independentismo, cuenta con la AEB como entidad defensora.
Entrega de material en castellano
Recientemente, y tal y como publicó Vozpópuli, el TSJC también requirió al director de un colegio de El Prat de Llobregat, en Barcelona, que entregase el material didáctico de una asignatura en castellano después de que la familia de una alumna de 3º de Primaria solicitara su impartición en castellano y la Justicia le diese la razón.
Además, el órgano judicial condenó al departamento de Enseñanza de la Generalitat a pagar las costas del proceso por no facilitar el libro de texto y demás material didáctico en español para todo el grupo-clase de la menor una vez se dictaron las medidas cautelares en virtud del 25% de clases en castellano. Las costas ascienden a 600 euros. Por otro lado, también obligó a las autoridades educativas a disponer de la prueba de evaluación de la asignatura en el idioma indicado.
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