España

La Justicia anula la sentencia que da la razón a DIA por el despido de su exdirector financiero

Los jueces del Tribunal Superior de Justicia instan a que se dicte "una nueva sentencia" que resuelva este error

  • Supermercado DIA.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha decidido anular la sentencia del Juzgado de lo Social que consideró procedente el despido del exdirector financiero del grupo DIA, Antonio Arnanz, a quien cesó por haber conocido y permitido irregularidades contables en la compañía.

El fallo, al que ha tenido acceso Efe, precisa que el expediente se "devuelve" al Juzgado y da la razón en este caso a Arnanz, al observar que existió "indefensión" debido a un "error procesal".

Los jueces del TSJ instan a que se dicte "una nueva sentencia" que resuelva este error, pero subrayan que no han llegado siquiera a evaluar el resto de cuestiones presentes en el recurso.

Concretamente han dado la razón a Arnanz, por que el Juzgado entendió que había "desistido" de su pretensión inicial de que se declarara su despido nulo y pedía que se considerara "improcedente" cuando, en realidad, el antiguo directivo de DIA nunca dejó de defender la causa de nulidad.

El TSJ apunta a que existe por tanto "una incongruencia omisiva por error", ya que el Juzgado "no entró a examinar" este hecho al partir de una premisa equivocada.

El Juzgado de lo Social había desestimado la demanda de Arnanz y consideró procedente su despido, tras analizar las irregularidades contables detectadas en DIA bajo su mandato como director financiero.

Arranz reclama una indemnización de 345.000 euros

El antiguo miembro de la cúpula ejecutiva del grupo español de distribución reclama a la compañía una indemnización "adicional por lesión de derechos fundamentales" por 345.000 euros, el importe al que ascendía su salario bruto anual.

En la sentencia del TSJ se explica que Arnanz antes de ser nombrado director financiero del grupo oficialmente en 2010 -cargo que ejerció hasta su despido, en enero de 2019- tenía "la categoría profesional de auxiliar administrativo", pese a que en la práctica ya se ocupaba de esas mismas responsabilidades desde años atrás.

El ejecutivo dependía desde el punto de vista jerárquico del consejero delegado (Ricardo Currás) y de manera inmediata del director ejecutivo de Portugal y director Corporativo (Amando Sánchez), según figura en la sentencia conocida ahora, que da a conocer detalles sobre las irregularidades en DIA.

Los hechos ocurridos entonces son protagonistas de otro proceso paralelo en la Audiencia Nacional que todavía está en fase de instrucción, en el marco del cual declaró el propio Arnanz -en calidad de investigado- y otros directivos a principios del pasado julio.

El fallo del TSJ recuerda que Arnanz era "el único y máximo responsable de la elaboración de las cuentas anuales y los estados financieros mensuales de DIA y de sus filiales", y se le acusa de ser conocedor y responsable de las maniobras realizadas para maquillarlas.

El informe forense realizado por la consultora Ernst & Young (EY) para esclarecer lo ocurrido fue presentado dos días antes de que el exdirector financiero fuera despedido, y en él se concluye que la cúpula liderada por Currás llevó a cabo maniobras que tuvieron un impacto patrimonial negativo de 56 millones de euros.

En su carta de despido, DIA le acusa de "fraude, deslealtad y abuso de confianza", tras incurrir en "prácticas contables irregulares consistentes en la alteración artificial e intencionada de determinadas magnitudes contables, con la finalidad de presentar en el ejercicio 2017 unos estados financieros que no reflejan la imagen fiel de la empresa".

La cadena de supermercados considera que Arnanz permitió que se contabilizara una previsión de ingresos no justificados procedentes de negociaciones con proveedores y autorizó el registro -ordenado por Currás- de otra previsión de ingresos por "cantidades ficticias" para elevar artificialmente el beneficio y el Ebitda de la firma.

También era sabedor de que se eliminaron "facturas pendientes de recibir", autorizó no provisionar el bonus salarial correspondiente a 2017 y ordenó a instancias de su superior "retrasar intencionadamente el registro contable" de los pagos a proveedores, según DIA.

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