España

La Justicia archiva la denuncia de Tebas y el Fuenlabrada contra Rubiales

La Audiencia Provincial de Madrid ratifica el archivo de la querella del club madrileño y La Liga contra la Real Federación Española de Fútbol

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado los recursos de la Liga Nacional de Fútbol Profesional presidida por Javier Tebas y del Club de Fútbol Fuenlabrada en contra de Luis Rubiales y altos cargos de la Real Federación Española de Fútbol por presunta prevaricación contra el club madrileño.

En un auto del 27 de septiembre al que ha tenido acceso Vozpópuli, la sección sexta del tribunal madrileño ha ratificado íntegramente la sentencia decretada en su día por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Majadahonda (Madrid), quien ya acordó el archivo de las diligencias.

El meollo de los hechos fue la última jornada de Segunda de la temporada 2019/2020, marcada por la pandemia. El Fuenlabrada (cuyo abogado entonces era el hijo del propio Javier Tebas) se jugaba la permanencia contra el Deportivo La Coruña: antes de viajar a Galicia, el equipo madrileño tenía ya siete de sus jugadores contagiados.

La RFEF, bajo la instrucción de Ricardo Esteban Díaz, propuso luego el descenso administrativo del Fuenlabrada si bien este fue luego desestimado por el Tribunal Administrativo del Deporte por entender que la decisión correspondía a La Liga

Los positivos se fueron sucediendo (llegaron a 28), por lo que el Consejo Superior de Deportes reprochó a la La Liga y al Fuenlabrada la mala gestión al emprender el viaje a A Coruña con miembros de la expedición infectados, todo lo cual se saldó con la suspensión del encuentro y el descenso del Deportivo (que por los resultados de los demás partidos bajo horario unificado acabó sin posibilidades).

La RFEF, bajo la instrucción de Ricardo Esteban Díaz, propondría luego el descenso administrativo del Fuenlabrada si bien este fue luego desestimado por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) por entender que la decisión correspondía a La Liga.

La Audiencia desestima todos los argumentos de Tebas y el Fuenla

El conjunto madrileño interpuso, de la mano de LaLiga, una querella contra Luis Rubiales y altos directivos de la RFEF (Andreu Camps, secretario general; Ricardo Esteban Díaz, juez instructor en el caso Fuenlabrada; Miguel Garcia Caba, vicesecretario y entonces responsable de la asesoría jurídica) y contra el Deportivo.

Les habían acusado, apoyándose en la resolución del TAD, de un presunto delito de prevaricación, falsificación documental, amenazas y organización criminal, esgrimiendo que la RFEF y el Dépor estaban compinchados para perjudicar al club madrileño con el descenso “por conductas muy graves” después de ese brote de coronavirus y la gestión del mismo con el fin de ayudar a los gallegos para obtener su salvación.

La sentencia de la Audiencia Provincial confirma la resolución de la jueza de primera instancia, quien ya incidió en “la falta de credibilidad del relato de la querella puesto que el presupuesto del que se parte en la misma -supuesta conjura de los querellados para descender de categoría al equipo querellante- no se ha producido”.

La sentencia de la Audiencia Provincial confirma la resolución de la jueza de primera instancia, quien ya incidió en "la falta de credibilidad del relato de la querella puesto que el presupuesto del que se parte en la misma -supuesta conjura de los querellados para descender de categoría al equipo querellante- no se ha producido".

"En ningún momento la resolución (del TAD) dice que la RFEF se haya atribuido competencias que no tenía, o haya actuado fraudulentamente. Al contrario, la resolución sostiene que tanto RFEF como la LNFP tienen competencia para resolver el contencioso, generándose un conflicto de normas que, en base al principio de especialidad, resuelve en favor de la LNFP", razona el auto de la Audiencia Provincial.

El Fuenlabrada, al igual que LaLiga, denunció también a la RFEF por prevaricación al entender que nombró de forma arbitraria a Esteban Díaz como juez instructor del caso, un nombramiento que "se hizo conforme a la normativa y procedimientos vigentes, sin que las alegaciones recogidas en el escrito de querella relativas al
número de expedientes previos en los que ha intervenido o su mayor o menor experiencia, sean en sí mismas, argumentaciones consistentes y serias para justificar la existencia de un mínimo atisbo de prevaricación en su designación", según la Audiencia.

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