La Ley de Bienestar Animal ya ha entrado en vigor. Tener la compañía de una mascota tiene miles de beneficios. Así lo han demostrado diferentes estudios. El cariño que se les cogen a estos seres es inmenso. De hecho, los consideramos como un miembro más de la familia. Ahora, tener a un animal a cargo requiere de una gran responsabilidad -que algunas personas no tienen-. Por esto, la Ley de Bienestar Animal ha querido hacer varias actualizaciones.
En España nos llevamos la medalla de oro en Europa por abandono animal: casi 300.000 son desamparados en la calle, en su mayoría perros. El verano es la época del año con más repunte de abandonos y menos índice de adopción. Esta problemática, entre otras, es lo que ha incitado a que se incremente la protección de de animales en la ley, buscando acabar con el maltrato, el abandono y el sacrificio.
El 29 de marzo se oficializó la nueva Ley de Bienestar Animal por la que se buscaba cumplir una serie de objetivos, como promover la tenencia o convivencia responsable o fomentar entre la ciudadanía la protección de los derechos y el bienestar de los animales. El pasado 16 de agosto se produjo una actualización de esta Ley que entrará en vigor el próximo 29 de septiembre, en la que se indicará qué animales estarán permitidos dentro del domicilio.
Principales cuestiones de la nueva Ley de Bienestar Animal
Con la nueva actualización de esta Ley de Bienestar Animal hay que tener en cuenta una serie de aspectos y condiciones. De acuerdo con el texto normativo que entrará en vigor el viernes 29 de septiembre todas aquellas mascotas que habitan en el exterior de la vivienda, léase un jardín o un campo, deberán ser esterilizados. Asimismo, cualquier propietario de animal de compañía deberá notificar e identificar su mascota en el registro.
El objetivo de esta medida de la Ley de Bienestar Animal es tener enumerados a los animales en el 'Listado Positivo' que el Gobierno aprobará en un plazo de 36 meses desde la entrada en vigor. No identificar a una mascota podría suponer una sanción. Según la normativa, estos son los animales que deben ir inscritos en el registro:
- Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo
grave para la integridad física o la salud de personas y animales - Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los
dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios - Todos los primates
- Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5kg
- Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida
su tenencia en cautividad
Dejar sólo en casa al perro o al gato durante demasiado tiempo ya no es una opción. Aquel animal que se quede sin vigilancia de una persona por más de 72 horas será considerado abandonado, siempre que se pueda certificar que así ha sido.
Gracias a la nueva Ley de Bienestar Animal estará prohibido comercializar perros, gatos y hurones, únicos animales aceptados como domésticos. Los establecimientos especializados dispondrán de un periodo de 12 meses para adaptarse a este apartado legal. Asimismo, a partir de la entrada en vigor, la cría de animales quedará únicamente a manos de cuidadores registrados y profesionales.
Los sacrificios dependerán únicamente del estado médico del animal. Sólo si el informe así lo indica será legal acabar con la vida de la mascota. Respecto a vacunas, serán obligatorias las correspondientes de acuerdo con las condiciones de vida y el entorno del animal. Con esta nueva Ley de Bienestar Animal se acaba con la etiqueta de perro potencialmente peligroso. La etiqueta de peligroso estará condicionada por una evaluación de sociabilidad que se realizará a los animales grandes.
La Ley de Bienestar Animal publicada el 29 de marzo confirmaba que será necesario realizar un curso para poder tener mascota en casa, así como un seguro. Los únicos que quedan exentos de esta normativa son los dueños de perros de caza, guarda y de trabajo.
Las sanciones por dejar a un perro atado en la puerta del supermercado
Las sanciones por incumplimiento de alguno de los apartados de la nueva Ley van desde los 500 euros hasta un año y medio de pena de cárcel. Las penalizaciones se dividen en tres grupos: leves, graves y muy graves; y la cantidad a pagar varia dependiendo de una u otra. Con la aplicación de esta nueva ley, queda prohibido, tal y como marca en el artículo 27, mantener a cualquier animal de compañía "atado o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento".
Las sanciones leves abarcan multas desde los 500 hasta los 10.000 euros. Los delitos graves serán penados con valores entre los 10.001 y los 50.000 euros. En el caso de las muy graves pueden alcanzar hasta los 200.000 euros.
En el supuesto de la persona sea reincidente o le haya provocado alguna lesión o la muerte al animal, la consecuencia equivaldría a prisión. Si no fallece, la pena sería entre los 3 y 12 meses; si el animal muere la pena podría alcanzar hasta los 18 meses.
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