España

Los pilares de la ley del 'solo sí es sí': ayudas a víctimas, sensibilización y atajar la promoción de la prostitución

Si se cumple lo previsto, el Congreso dará su visto bueno al proyecto de ley para que continúe su tramitación en el Senado

El proyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, es decir la ley del solo sí es sí, llega este jueves al pleno del Congreso con apoyos suficientes para introducir en el Código Penal el consentimiento expreso como elemento clave para juzgar los delitos sexuales. Si se cumple lo previsto, el Congreso dará su visto bueno al proyecto de ley para que continúe su tramitación en el Senado gracias al apoyo de los partidos del Gobierno, de sus socios de investidura y también de Ciudadanos.

Los ejes principales de la ley son la supresión del Código Penal de la distinción entre abuso y agresión sexual, hacer del consentimiento expreso la clave para juzgar los delitos sexuales y garantizar una atención integral a las víctimas. Durante el trámite parlamentario se han caído del proyecto los artículos que penalizan el proxenetismo no coactivo (no violento) y también a quien se lucre con el alquiler de locales destinados a favorecer la explotación de la prostitución (la tercería locativa) tras la aprobación de una enmienda pactada por varios grupos.

En contra de promover la prostitución

Fuerzas como ERC, EH Bildu, En Comú Podem, Junts o la CUP los quisieron suprimir porque defienden la libertad sexual de las mujeres que deciden prostituirse. El PSOE, por su parte, retiró una enmienda que iba más allá de la ley al pedir que se castigara a todo el que se lucre por cualquier vía de la prostitución ajena, sin la necesidad de que hubiera una relación de explotación. Ante la falta de apoyo de sus socios, el grupo socialista optó por presentar una proposición de ley nueva en la que apuesta directamente por prohibir la prostitución.

Sí que se incluye en el texto legal el cambio de la Ley General de Publicidad para considerar ilícita cualquier forma de publicidad que contribuya a promover la prostitución. "Se considerará ilícita la publicidad que utilice estereotipos de género que fomenten o normalicen las violencias sexuales contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, así como las que supongan promoción de la prostitución en los términos establecidos en la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General de Publicidad", señala el artículo 11 del texto.

Campañas de concienciación

También se regula la existencia de campañas "de concienciación y sensibilización" destinadas a desincentivar "la demanda de toda clase de servicios vinculados con la explotación sexual, la prostitución y de la pornografía que naturaliza la violencia sexual, así como sobre las consecuencias que tiene para las mujeres prostituidas".

Y se añade al Código Penal la pena de multa de uno a tres meses a quien habiendo recibido imágenes o grabaciones audiovisuales sin autorización de la persona afectada y que menoscaben gravemente la intimidad de esa persona las difunda, revele o ceda a terceros sin el consentimiento del afectado. Es decir, se incluye el castigo al reenvío de esas imágenes. Otras propuestas que ya se incluyeron en la ley son el reconocimiento del derecho a la residencia y al trabajo a las víctimas de violencia sexual en situación irregular, en el marco de las autorizaciones excepcionales recogidas en la ley de extranjería.

Ayudas a madres y blindaje de financiación

También se ha reconocido el derecho a recibir ayudas a las madres de los menores asesinados por sus parejas o exparejas, como víctimas de la violencia vicaria, y se ha blindado la financiación de las medidas incluidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género, al establecerse que el Gobierno deberá aprobar las partidas presupuestarias necesarias

Durante la sesión de este jueves se debatirá la obligatoriedad de que los menores que cometan delitos sexuales tengan que realizar programas formativos sobre educación sexual y de igualdad de género, como han propuesto PSOE, Unidas Podemos, ERC y EH Bildu en el último momento. Sobre la medida de conciliación entre víctimas y responsables del delito contra la libertad sexual o relacionados con la violencia de género estará condicionada a que sea la primera la que la solicite de forma expresa, de forma que en los demás supuestos, no cabrá la conciliación o mediación. 

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