España

Ley de 'influencers': ¿por qué se ha quedado "obsoleta" sólo tres meses después de su entrada en vigor?

Pocos meses después de que la norma diseñada por el Ejecutivo entrara en vigor, sólo 54 personas se han inscrito en el registro oficial

Aplicación de Instagram en un teléfono móvil. Pexels

El 'boom' de las redes sociales ha cambiado para siempre la forma que tenemos de relacionarnos y de ver el mundo. La mayoría de la población pasa más de dos horas diarias frente a la pantalla consumiendo todo tipo de contenido que, en su mayoría, está plagado de publicidad. Los conocidos como 'influencers' se han convertido en el nuevo reclamo de miles de marcas que saben que apostar por su impacto en las redes sociales es un beneficio seguro. Los creadores de contenido han conseguido alzarse con una gran relevancia en este mercado y, en especial, entre el público más joven sobre el que ejercen una notable influencia social.

Esta nueva realidad ha obligado a los Gobiernos, y también al de España, a crear una ley para regular esta actividad para proteger a los consumidores y cumplir con la normativa europea. El pasado 2 de mayo, entró en vigor la Ley General de Comunicación Audiovisual de 2022. La norma diseñada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez lleva sólo tres meses en vigor y ya "está obsoleta".

Así lo define Pilar Gomar, abogada del despacho Ruiz Ballesteros, quien como experta jurídica analiza para Vozpópuli los principales aspectos de esta ley y por qué no se ajusta a la realidad del mercado español. Según describe la letrada, el problema que afecta a esta norma es de base, ya que los requisitos de obligatoriedad están fuera del alcance de la mayoría de creadores de contenido de España.

¿Qué 'influencers' tienen que cumplir la ley?

Para que un 'influencer' pueda acogerse a esta norma debe tener, al menos, un millón de seguidores en una red social o dos millones entre dos plataformas y facturar 300.000 euros. Aquellos que cumplan con estos requisitos cuentan con ciertas limitaciones a la hora de publicitar alcohol, tabaco, productos con azúcar o casa de apuestas. Sin embargo, estas limitaciones no se aplican al resto.

En España, la gran mayoría de creadores de contenido no superan los 100.000 seguidores, una cifra bastante alejada a la suscrita para aquellos conocidos como 'influencers' o 'macroinfluencers'. Y es que, según recogen varios estudios, son muy pocos los que alcanzan el millón de seguidores. Un síntoma claro de esta dinámica es que a fecha de 15 de agosto, una vez pasado el plazo, sólo se han escrito en el registro estatal oficializado por la Ley de influencers 54 personas, una cantidad ínfima teniendo en cuenta que España hay unos 250.000 creadores de contenido.

Desventajas para el consumidor

"Esto se debe a que la ley que regula el trabajo de los influencers no se ajusta a la realidad que ofrece el mercado, teniendo en cuenta que la mayoría de creadores de contenido no son macroinfluencers", añade Gomar. Asimismo, la letrada defiende que esto provoca que no se cumpla el objetivo final de la norma: proteger al consumidor.

"Si realmente lo que se pretende es proteger al consumidor, teniendo en cuenta el mercado de influencers español, se va a tener que modificar y cambiar el número de seguidores y de ingresos. No es normal que un creador de contenido con menos seguidores sí puedo publicitar una casa de apuestas, ¿cómo se protege ahí al menor?", sentencia la abogada.

Del mismo modo, a juicio de la entrevistada hay otros aspectos de la norma que no estarían bien atados, por ejemplo, que su principal medida sea que un 'influencer' tenga que poner la etiqueta de 'publicidad' cuando se promociona una marca o producto. "La norma carece de sentido porque la mayoría de influencers ya avisan de que están haciendo una publicidad, porque es positivo la sensación que genera en el consumidor".

Actualmente, la norma ha creado un registro oficial gestionado por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) y cuyo plazo de inscripción caducaba en el mes de julio. Por el momento, según detalla Gomar, es posible que existan tramitaciones en curso, por lo que la norma se tendrá que o cambiar plazos. La experta entiende que el fracaso o poco seguimiento de este registro es un síntoma de que la ley "está obsoleta" a tres meses de su puesta en vigor, "tendrá que renovarse para adaptarla a la realidad del mercado".

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