El magistrado Pablo Llarena ha confirmado al tribunal italiano que tiene que decidir si entrega o no a Carles Puigdemont, que la orden de detención sigue vigente y que el expresidente catalán carece en estos momentos de inmunidad parlamentaria. El instructor de la causa del procés amplía de esta modo la información aportada la semana pasada tras la detención del expresidente catalán en Cerdeña, y asegura que a la Abogacía General del Estado nunca se le transmitió que él quisiera suspender la vigencia de la eurooden.
El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo añade que los servicios jurídicos del Gobierno, que aseguraron que las órdenes de entrega carecían de vigencia, saben que no es así porque son parte del procedimiento que se sigue en el alto tribunal por la deriva independentista de Cataluña. En esta ocasión, remite un nuevo oficio a Eurojust para que traslade al tribunal de apelación de Sassari el auto en el que acordó la prisión provisional de Puigdemont y en el que se apoyó para emitir la euroorden del 14 de octubre de 2019.
El instructor envía toda esta documental a escasos días de que el tribunal italiano celebre la vista en la que decidirá si le entrega a España o, por el contrario, le deja en libertad. La defensa del expresidente catalán insiste en que las órdenes de detención dictadas hace dos años no están activas y lo hace apoyándose en un auto del pasado 30 de julio en el que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) acordaba retirarle la inmunidad mientras se tramitaba la cuestión prejudicial planteada por Llarena al TJUE. En el mismo auto apuntaba que las euroórdenes dejaban de estar activas, tal y como ya habían apuntado previamente las "autoridades españolas".
Se refería la Justicia europea a un escrito de la Abogacía General del Estado -que representa al Reino de España en este asunto ante Europa- y en el que apuntaba que las órdenes de arresto y entrega dejaban de estar vivas mientras la Justicia europea tramitaba la consulta lanzada por el magistrado Llarena. Ahora, este instructor corrige a los servicios jurídicos del Gobierno al apuntar que eso "no es así" y que la decisión de suspender las medidas cautelares dependen del instructor.
"Incorrección" del TGUE
Además recuerda que el Gobierno es conocedor de su criterio puesto que está personado en la causa por el procés en el marco de la cual se juzgaron y condenaron a los 12 líderes independentistas que impulsaron el 1-O y la posterior Declaración Unilateral de Independencia (DUI). "Nunca le ha sido notificada a la Abogacía General del Estado una posible decisión de suspender las OEDs, como tampoco la Abogacía del Estado ha promovido que tal decisión se produzca", reza el oficio remitido este mismo jueves.
Al hilo prosigue que, "ese desajuste de información" podría explicar la "incorrección" que aparece en el pronunciamiento del TGUE del pasado 30 de julio. Este asunto es determinante de cara a la vista que se celebra el próximo lunes en Cerdeña para decidir sobre la entrega de Puigdemont, a quien el Supremo le reclama por los delitos de sedición y malversación.
En relación a la inmunidad de la que ha gozado Puigdemont en calidad de eurodiputado, Llarena insiste en que esta condición no la ostenta ya por decisión también de la Justicia europea. El TGUE, en su auto del 30 de julio, explicó que este privilegio se mantenía intacto (por tanto no podía ser detenido) siempre y cuando se desplazara al lugar de reunión del Parlamento o cuando regresaran de este. En el caso que nos ocupa, Puigdemont se trasladaba a Cerdeña para asistir a un encuentro organizado por Adifolk sobre el folklore y la cultura catalana.
Sin inmunidad parlamentaria
Llarena insiste que la Justicia europea, en su pronunciamiento de julio, desestimaba la petición de medida cautelar formulada por su defensa manteniendo pues la decisión del Parlamento Europeo de retirarle este privilegio. El abogado de Puigdemont -que el mismo viernes anunció que pediría medidas cautelarísimas en relación con su inmunidad- insiste en que el TGUE se la retiró en tanto habían decaído las euroórdenes y, por tanto, no podía ser detenido.
El TGUE razonó que las órdenes de detención y entrega estaban suspendidas a tenor de la cuestión prejudicial planteada a Europa por Llarena después de que el pasado mes de enero Bélgica declinara entregar al exconseller Lluis Puig. La decisión de la Justicia belga motivó que el Supremo preguntara a Europa si dicho país podía rechazar su extradición teniendo en cuenta que el exconseller, a diferencia de Puigdemont, no goza de inmunidad parlamentaria. El pasado mes de mayo el TJUE admitió a trámite la cuestión prejudicial aunque no ha resuelto hasta la fecha.
El estudio de la misma llevó al TGUE a considerar que mientras este proceso estuviera en activo las euroórdenes dictadas en octubre de 2019 decaían. La respuesta ahora de Llarena es contraria a este pronunciamiento. El magistrado asegura que el trámite de la cuestión prejudicial no anula la medida cautelar solicitada. "La cuestión prejudicial no afecta a la validez de la medida cautelar de prisión o de su busca y captura. Está referida a la interpretación del derecho de la Unión sobre determinados aspectos por los que la colaboración judicial puede ser denegada entre Estados miembro", sentencia.
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