España

Llarena pregunta a la Fiscalía si debe amnistiar a Puigdemont y mantiene su orden de detención

El Supremo da 5 días a las partes del procés para que se pronuncien sobre la nueva ley y también en el procedimiento abierto por terrorismo contra Puigdemont por sus vínculos con Tsunami Democràtic

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, activa el mecanismo para aplicar la amnistía en el 'procés'. El instructor de la gran causa contra el independentismo catalán ha dictado una providencia en la que da un plazo de 5 días a las partes para que informen sobre la aplicabilidad de la nueva ley para Carles Puigdemont y el resto de procesados en esta derivada del procés pendiente de enjuiciarse.

Del mismo modo, Llarena también pregunta a las partes sobre la pertinencia de mantener las medidas cautelares adoptadas contra los encausados en esta pieza del procés. Se trata de los exconsejeros del gobierno catalán, Antoni Comin y Lluis Puig, además de la líder de ERC Marta Rovira. Al respecto, en su providencia recuerda que las órdenes de detención adoptadas contra todos ellos siguen vigentes.

"Deben proceder a su cumplimiento mientras esas decisiones no sean judicialmente modificadas o revocadas", reza el magistrado de la Sala Segunda. De hecho, el instructor de la causa del procés avanza ya en su providencia que quiere que la Fiscalía y las partes se pronuncien especialmente sobre los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos dado que "pueden considerarse excluidos del ámbito de aplicación" de la amnistía a tenor de lo expuesto en el artículo segundo de la norma.

Procés y Tsunami Democràtic

Se trata de un criterio que mantienen los fiscales del procés, y que ellos mismos han trasladado a su superior, el fiscal general del Estado, en un encuentro mantenido hace apenas unas semanas para trazar una respuesta común de la Fiscalía a la norma. En dicho encuentro, los cuatro fiscales del Supremo que lideran la gran causa del independentismo catalán ya avisaron que la malversación que se atribuye a Puigdemont por el 1-O no tiene encaje en esta ley de amnistía.

Esta providencia se suma a otras dos más que ha dictado el Tribunal Supremo en el mismo día en que ha entrado en vigor la ley también para tener informe de las partes. En concreto, la Sala de lo Penal que preside Manuel Marchena ha dado traslado a las partes de la causa del procés que se juzgó y condenó mientras que la tercera providencia se ha dictado en el marco de la causa abierta en febrero contra Puigdemont por delito de terrorismo.

En su providencia, la Sala de lo Penal que juzgó y condenó a Oriol Junqueras y otros 11 líderes del procés, explica que, a tenor de lo recogido en la ley de amnistía, "resulta obligado oír al Ministerio Fiscal, a la acusación popular y a las defensas (...) para que formulen las alegaciones que consideren procedentes". El plazo impuesto es también de cinco días.

La malversación; el escollo de la amnistía

En este caso la amnistía afecta a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y la que fuera presidenta del Parlament catalán, Dolors Bassa. El alto tribunal condenó a un total de 12 líderes independentistas por delitos de sedición y malversación. Solo tres de ellos (Santi Vila, Mertixell Borràs y Carles Mundó) eludieron la prisión al penarles con desobediencia.

Los otros nueve fueron indultados por el Gobierno de Pedro Sánchez aunque la medida de gracia fue parcial ante la negativa del Tribunal Supremo a su indulto. No obstante, la eliminación de la sedición y la rebaja de la malversación obligó a una nueva redacción de la condena en febrero del año pasado por malversación y desórdenes públicos.

En tercero y último lugar, la magistrada Susana Polo, que investiga por terrorismo a Puigdemont, da traslado a las partes personadas en esta causa para que en el plazo de 10 días se pronuncien sobre el encaje de la ley impulsada por el Gobierno junto con Junts y ERC. En este caso el foco reside en el delito de terrorismo y el mismo se aplica tanto a Puigdemont como al diputado de ERC huido a Suiza, Rubén Wagensberg.

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