El pasado 17 de septiembre de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo dictaminó que las modificaciones realizadas en 2021 sobre la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid son inválidas, afectando así a la implantación de las ZBE en todo el municipio.
Esta decisión del TSJM no es definitiva, ya que el Ayuntamiento de Madrid puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo en un plazo de 30 días. No obstante, ha generado un gran revuelo entre los madrileños, muchos de los cuales se preguntan qué ocurrirá con las multas de tráfico interpuestas en los últimos años por infringir las restricciones de las Zonas de Bajas Emisiones.
¿Qué implica la anulación de las Zonas de Bajas Emisiones?
La sentencia del TSJM se ha basado en la falta de un estudio exhaustivo sobre el impacto económico de las ZBE en los colectivos más vulnerables. El tribunal considera que la normativa discriminaba a las personas con menor capacidad económica, ya que las restricciones para circular afectaban principalmente a quienes no podían permitirse vehículos más modernos y menos contaminantes.
Las modificaciones de 2021 establecían el ámbito de actuación de las ZBE en todo el municipio de Madrid y creaban dos zonas de especial protección: “Distrito Centro” y “Plaza Elíptica”. Estas áreas tenían las restricciones más severas para la circulación de vehículos, especialmente aquellos con etiquetas medioambientales más contaminantes.
Sin embargo, con la anulación de estas modificaciones, queda en suspenso la aplicación de estas normativas, dejando a muchos conductores con dudas sobre el estado de las multas interpuestas bajo esta legislación.
¿Qué pasará con las multas ya emitidas?
Tras esta sentencia, una de las grandes preguntas que surge es: ¿qué pasará con las multas de tráfico emitidas por infringir las ZBE? Aunque el futuro es incierto, la anulación de la normativa podría abrir la puerta para que muchos madrileños recurran las sanciones económicas ya impuestas.
Por ahora, el Ayuntamiento de Madrid tiene la opción de recurrir la decisión del TSJM, lo que podría retrasar cualquier resolución definitiva. Durante este tiempo, es probable que las multas sigan siendo válidas hasta que el proceso judicial finalice.
Y es que sobre las multas ya interpuestas por esta ordenanza, el Ayuntamiento de Madrid dice que "hay jurisprudencia en ese sentido" porque "la ordenanza de Madrid Central que se anuló también determinaba la suspensión de esta zona de bajas emisiones y lo que se determinó es que las sanciones estaban bien impuestas". En ese sentido, la sentencia aunque fuera firme, "no anula las multas", según anuncia el consistorio.
Por otro lado, algunos expertos, como el abogado Francisco Borge en una entrevista al medio 'Confilegal', aseguran que las multas impuestas en base a las disposiciones ahora anuladas podrían ser consideradas nulas, ya que se basaban en una normativa que el tribunal ha declarado nula en algunos aspectos.
Cómo recurrir una multa relacionada con las ZBE
Si has recibido una multa por circular en una Zona de Bajas Emisiones, es importante que conozcas los pasos para recurrirla. El proceso puede ser algo complejo y, dependiendo del estado de tu sanción, puede variar.
1. Si aún no has pagado la multa:
Tienes 30 días desde que recibes la notificación de la sanción para presentar un recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Madrid. Este recurso debe incluir los motivos por los que consideras que la sanción es incorrecta. Si la multa está relacionada con las ZBE, la reciente sentencia del TSJM podría ser un argumento válido, aunque aún está pendiente de una decisión firme.
Dentro de los 20 días posteriores a la presentación del recurso, se pueden aportar alegaciones adicionales. Si el organismo sancionador no da una respuesta satisfactoria, puedes acudir a la vía contencioso-administrativa para impugnar la multa.
2. Si ya has pagado la multa:
Si has abonado la multa, la situación es más compleja. Aunque es posible recurrirla, ya no lo podrás hacer por la vía administrativa, sino que tendrás que acudir a la vía judicial. Este proceso requiere de la intervención de un abogado y puede extenderse en el tiempo, aunque si la sentencia del TSJM es confirmada, las probabilidades de éxito en la reclamación podrían aumentar.
¿Qué pasos seguir si decides recurrir?
El primer paso para recurrir una multa relacionada con las ZBE es asegurarse de que se está dentro del plazo de recurso. Si la sanción aún no ha sido abonada, actúa con rapidez y presenta un recurso de reposición en el Ayuntamiento. Si la multa ya fue pagada, contacta con un abogado especializado en multas de tráfico o en derecho administrativo para evaluar tus opciones de recurrirla ante un juzgado.
Es importante mantenerse informado, ya que el Ayuntamiento podría apelar la decisión del TSJM y modificar el curso de los acontecimientos. Además, los recursos sobre multas no siempre garantizan la anulación de la sanción, pero la reciente sentencia es un precedente importante que puede favorecer a los conductores afectados.
En resumen, la reciente anulación de las Zonas de Bajas Emisiones por parte del TSJM ha creado una situación de incertidumbre. Si has sido multado por circular en una ZBE, podrías tener motivos para recurrir la sanción, aunque todo dependerá de la evolución de la batalla judicial entre el Ayuntamiento de Madrid y el Tribunal Superior.
Recuerda que el proceso de recurso puede ser largo y complejo, por lo que es recomendable contar con asesoramiento legal especializado si decides seguir adelante.
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