Madrid

La Fiscalía Provincial de Madrid recurre la absolución de Rafael Amargo y pide que se repita el juicio

El Ministerio Público califica de "arbitrario e ilógico" el razonamiento de la Audiencia Provincial de Madrid para declarar la nulidad de las escuchas telefónicas esenciales en la investigación

El bailaor Rafael Amargo
El bailaor Rafael Amargo

Nuevo revés para Rafael Amargo. La Fiscalía Provincial de Madrid ha recurrido la sentencia absolutoria a favor del bailaor y pide que se repita el juicio celebrado el pasado mes de abril contra él y los otros dos acusados. La solicitud del Ministerio Público llega apenas semanas después de que el artista celebrase ante los medios su libertad a las puertas de la Audiencia Provincial de Madrid.

La Fiscalía manifiesta en su escrito, presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y al que ha tenido acceso Vozpópuli, que el órgano jurisdiccional encargado de emitir el fallo "yerra" al declarar nulas las escuchas que dieron lugar a la investigación. Los magistrados consideraron que no se cumplieron las exigencias mínimas recogidas por la ley para "acordar la intromisión al secreto de las comunicaciones", lo que dio lugar a la absolución de Amargo.

La fiscal mantiene que aquel primer auto dictado por el juez estaba "suficientemente fundado". Al contrario que lo dispuesto en el fallo, no comparte la idea de que el magistrado asumiera sin más la resolución policial dictada con anterioridad. Defiende, por tanto, que es el instructor el que "valora" los datos concretos aportados por la Policía y determina acordar o no la intervención del teléfono del bailaor "en base al cumplimiento de los requisitos legales".

Este recurso de apelación se opone frontalmente al principal argumento esgrimido por los magistrados para tumbar la acusación contra Rafael Amargo, el productor Eduardo de Santos y a su socio Manuel Ángel Batista León por un delito contra la salud pública. Una de las claves de la causa contra el artista fueron las dificultades para determinar la conexión entre este y las presuntas "mulas" que trabajarían para él, sobre lo que la audiencia madrileña señaló que faltaron datos suficientes para concluir cuáles eran las relaciones entre unos y otros.

Ahora, la Fiscalía de Madrid rechaza este criterio y defiende que la solicitud "se fundaba en datos objetivos sólidos", nada de "meras conjeturas". Como ejemplo subraya varios indicios recogidos por la Policía Nacional en sus informes, como las incautaciones de sustancias estupefacientes a personas que salían del domicilio del artista. Hechos que, a ojos de la fiscal, se vieron reforzados tras la entrada y registro del domicilio de Rafael Amargo.

La Fiscalía defiende los indicios presentados por los agentes que vigilaron el piso de Amargo

El Ministerio Público matiza que la intromisión deja de estar justificada cuando se produce sobre la base de sospechas, algo que no habría ocurrido en esta investigación ya que la Policía aportó "unos indicios que apuntaban a la razonable convicción" de que el por entonces investigado se dedicaba a la venta de estupefacientes. Por tanto, entiende la decisión tomada por el juez instructor, ya que su trabajo no consisten en realizar una "investigación judicial de la investigación policial", sino valorar los datos aportados por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y, en el caso de considerarlo, acordar la intervención telefónica.

El bailaor Rafael Amargo EUROPA PRESS

La fiscal va más allá y critica que los magistrados no tuvieran en cuenta algunos de los hechos ratificados en Sala por los propios agentes de Policía. Niega la posibilidad de que en un momento inicial de la investigación, contexto en el cual se presenta el oficio para intervenir el teléfono de Amargo, el tribunal pueda exigir la presencia de una "prueba exhaustiva". De esta manera, sostiene que en ese momento inicial no era necesario apuntalar si el artista estaba o no dentro del domicilio en el momento de los hechos.

Entre los puntos más "sorprendentes" de la sentencia, según este recurso, sobresale que la audiencia madrileña no valore como indicio suficiente para catalogarse como un acto de tráfico lo incautado al socio de Rafael Amargo. La cantidad intervenida a Manuel Ángel Batista "antes de ser entregada al supuesto comprador" duplicaba la dosis permitida. En consecuencia, subraya que sólo el hecho de que la misma fuera incautada al acusado podría constituir un delito de tráfico de drogas.

Trasiego de personas en época de pandemia

La fiscal califica, por tanto, de "arbitrario e ilógico" el razonamiento que hace la Sala al respecto, "centrándose en aspectos intrascendentes para desvirtuar las conclusiones razonadas de la policía". A todos estos episodios narrados por los agentes, se une lo que para la Fiscalía es un indicio claro, el eterno trasiego de personas en época de confinamiento que entran y salen a los pocos minutos del domicilio. Todos ellos insuficientes, según los magistrados, para acreditar la intervención del teléfono del bailaor.

El representante del Ministerio Fiscal recoge en su escrito que la nulidad de las escuchas convierten al resto de pruebas aportadas en la vista oral en una serie de indicios individuales carentes de "todo pierda sentido". Precisamente, del contenido de las llamadas se infiere, claramente, lo que se recogía en el oficio de la Policía.

Por último, el Ministerio Público sostiene que simplemente el hecho de que la sentencia entrara a valorar -aunque de manera escueta- pruebas recogidas como resultado de las llamadas telefónicas anuladas por la propia Sala, "está contaminando" el proceso. Por todo esto, solicita al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se proceda a la celebración de un nuevo juicio, eso sí, ante un tribunal distinto.

El recurso de apelación presentado ante el TSJM supone un nuevo varapalo para Rafael Amargo después de casi cuatro años de investigación. Una causa que acabó el pasado mes de mayo con un final feliz y con la imagen del bailaor saliendo por las puertas del Centro Penitenciario del Soto del Real.

Rafael Amargo EP

La absolución del artista andaluz abre la puerta a que su defensa pueda emprender acciones legales por los daños causados. Ya no solo durante los meses que ha permanecido en el centro penitenciario de Soto del Real sino, también, por el daño que ha supuesto la causa para su reputación como artista.

Según confesó su letrado, Marcos García-Montes, tras conocerse el fallo absolutorio, no descartaban pedir responsabilidades a las autoridades por supuestas irregularidades que se habrían cometido durante la instrucción. Rafael Amargo ha manifestado en varias ocasiones sus ganas de denunciar lo que bajo su punto de vista ha sido una investigación policial inducida y una condena mediática que le ha hecho perder varios contratos de trabajo, incluso en Bollywood. Un proceso judicial que ha mermado su posibilidad de acceder a contratos artísticos en España y el extranjero.

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