Madrid

La Fiscalía pide admitir la querella de Sánchez contra el juez Peinado por presunta prevaricación

El Miniterio Público se posiciona a favor de admitir la querella presentada por la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno

La Fiscalía de la Comunidad de Madrid ha presentado este miércoles un informe favorable a la admisión a trámite de la querella presentada por la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, contra el juez Juan Carlos Peinado. El Ministerio Público remite a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid un escrito de nueve páginas en el que defiende que "no se puede descartar a priori" que los hechos denunciados por Pedro Sánchez tras su citación como testigo "revistan naturaleza penal".

En la querella, presentada en representación del secretario general del PSOE contra el juez que investiga a la esposa del jefe del Ejecutivo, se hace alusión a un presunto delito de prevaricación por su actuación ante la citación de Sánchez como testigo, y la decisión del magistrado de tomarle declaración en el Palacio de la Moncloa. La Abogacía del Estado considera que el instructor incurrió en irregularidades por "aplicación incorrecta de la ley" al no permitir que el líder socialista declarase por escrito, conforme al artículo 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Según el criterio de Abogacía -y que en su día defendieron la Fiscalía de Madrid y la defensa de Begoña Gómez a través de sendos recursos-, Peinado tendría que haberle citado en calidad del presidente del Gobierno y no como marido de la investigada. El abogado del Estado entiende que la forma de proceder del instructor es incompatible con el objetivo último de dicha citación, de tal forma, que si el juez pretendía tomarle declaración en su domicilio (por hechos que no conoce por razón de su cargo), no se entendería las diligencias acordadas por la presunta comisión de un "delitos de influencias en cadena" y el objetivo de investigar todos los actos, conductas y comportamientos de Begoña Gómez desde que su esposo es presidente del Gobierno, tal y como recoge el juez en su auto del 2 de julio.

Por el momento, la Fiscalía no entra a valorar si la forma de organizar la declaración del presidente del Gobierno incurre o no en un delito de prevaricación, pero sí considera que los elementos expuestos en la querella no permiten descartar su admisión a trámite. No obstante, el Ministerio Público apunta a la "falta de una fundamentación jurídica razonable distinta a la voluntad de su autor" que justifique la decisión del instructor de desplazarse hasta el Palacio de La Moncloa.

El juez Peinado se enfrenta a tres querellas, la interpuesta por Begoña Gómez, la Abogacía del Estado y otra por el periodista Máximo Pradera. Por el momento, el TSJM ya ha registrado ambos escritos a la espera de que sean admitidos a trámite. En el caso de la querella presentada por la esposa del jefe del Ejecutivo, el magistrado José Manuel Suárez Robledano ha sido el ponente designado por turno de reparto de la Sala. Francisco José Goyena, el juez encargado de remitir ante el Supremo la exposición razonada contra el fiscal general, Álvaro García Ortiz, por la querella del novio de Ayuso, ha sido el magistrado que deberá firmar la ponencia a favor o en contra de admitir a trámite la querella presentada por Pedro Sánchez.

Por su parte, la defensa de Begoña Gómez defiende que el juez pudo cometer un delito de revelación de actuaciones procesales al entender que "la causa fue de conocimiento general para toda la ciudadanía desde el 24 de abril" pese a estar declarada secreta. Según el letrado Antonio Camacho, la consecuencia fue que su representada no pudo contar con "todas las garantías para su defensa", ya que tuvo conocimiento "de los avatares de su proceso por los medios de comunicación".

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