El Juzgado de Instrucción Número 49 de Madrid ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa contra el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, y los mandos policiales que ejecutaron sus órdenes durante las protestas en Ferraz. El pasado mes de enero, el juez instructor abrió diligencias para investigar las cargas policiales y el uso de gases lacrimógenos para reducir las protestas celebradas en noviembre frente a la sede del PSOE, tras la denuncia interpuesta por la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces por un presunto delito de prevaricación administrativa
Ahora, la jueza que se ha hecho cargo de la causa ordena el archivo del caso al entender que "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito". En el auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, la magistrada se une al criterio de la Fiscalía Provincial de Madrid que defiende que en la denuncia "no consta la existencia de lesionados, ni se aportan testigos que puedan referir la existencia de desproporción policial".
La jueza recoge lo ya defendido por el Ministerio Público en su último escrito y mantiene que el objeto de investigación de este caso son la actuación de Francisco Martín Aguirre y los mandos de la UIP en la concentración del 6 de noviembre en Ferraz. Y, por tanto, al no aportarse junto al escrito de denuncia ni resolución del Delegado del Gobierno, ni partes de lesiones de ninguna persona que tomara parte en la concentración, "nos encontramos ante la solicitud de apertura de una investigación judicial es de carácter claramente prospectivo".
Por contra, los denunciantes señalan que la intervención de la Policía contra los manifestantes "no se ajustó a derecho". Califican que los hechos acontecidos en Ferraz son consecutivos de un delito de disolución ilegítima de una reunión pacífica, prevaricación, lesiones y un delito de tortura y contra la integridad moral. Apuntan que los agentes desplegados en Ferraz habrían hecho uso de dispositivos de tipo ATF de ocultación y gases AT lacrimógenos, los cuales tendrían un "carácter lesivo -que puede provocar problemas de salud en personas con antecedentes respiratorios".
En su escrito, el Ministerio Fiscal analiza un total de tres grabaciones, aportadas por los denunciantes, en las que puede verse el lanzamiento de gases lacrimógenos. El Ministerio Público reconoce el uso de este tipo de herramientas disuasorias, aunque describe que la poca visibilidad del ambiente hace que no sea "visible quién los expande".
Asimismo, respecto a uno de los vídeos al que ha tenido acceso este medio, Lorena Álvarez Taboada describe a "un grupo de gente manifestándose y cómo vuela una bengala, no siendo visible quién la lanza". No obstante, los denunciantes mantienen que el objeto que se observa en la grabación, el cual deja un rastro de humo en el cielo, se trata de un bote de gas lacrimógeno.
Contra esta resolución cabe interponer un recurso de reforma o de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
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