La ficha técnica del Madrid Arena, un pabellón multiusos, dice que un evento deportivo con gradas, pongamos que un partido de baloncesto, es capaz de albergar a un máximo de 10.248 espectadores; un concierto en la pista sin gradas y con el público de pie puede acoger a un tope de 10.143 personas. ¿Y un concierto sin gradas y con público en los tres niveles, como el pasado Thriller Music Park del 31 de octubre en el que murieron cinco chicas jóvenes? “Aforo en función del proyecto”, se lee en la ficha. Se refiere al proyecto de edificación, que el Ayuntamiento dice haber respetado, pero que no se conoce aún.
Ese y otros interrogantes técnicos y arquitectónicos han sido reportados al juez Eduardo López Palop, instructor del caso Madrid Arena, por un ex trabajador del antiguo Ministerio de Obras Públicas, hoy Fomento. López Palop ha incorporado de hecho el escrito de R. M. A., quien a su vez envió ayer otro texto al magistrado al que ha tenido acceso Vozpópuli. Precisamente ayer el juez dejó en libertad al organizador del evento, Miguel Ángel Flores, tras abonar éste 200.000 euros.
Así, mientras el cerco se estrecha cada vez más sobre Flores, permitiendo a Ana Botella y, sobre todo, a su equipo de Gobierno, aflojar la soga que pende sobre su cuello desde la tragedia y tomar las uvas con tranquilidad, el escrito del jubilado devuelve la pelota al Ayuntamiento. “¿Cuándo se va a pedir a la Gerencia Municipal de Urbanismo el proyecto de edificación y la memoria de uso del Madrid Arena? Cuando al recinto se le quitan las gradas, el espacio se agiganta. ¿Estaba eso en el proyecto? No lo creo”, reza uno de los párrafos.
El informante, el segundo escrito de un particular que acopla el juez a la instrucción tras el anónimo que trae de cabeza a Botella y su equipo con informes municipales, recuerda que en la ficha técnica se habla de eventos sin grada en los tres niveles (como el Thriller Music Park) para actos como “ferias, festivales y cenas de gala”. “Se refiere a eventos en los que como mucho quizás quepan mil personas, como exposiciones, mercadillos y esas cosas”, explica el jubilado, contactado por este medio.
En otro párrafo, carga contra el número y la medida de las salidas (las cinco víctimas fallecieron en uno de los túneles): “Los metros lineales necesarios para anchos de entradas y salidas deberán estar recogidos para cada uno de los tres niveles conforme a las exigencias del artículo tres del Real Decreto 2816/1982 de la Ley de Espectáculos. Éste dice lo siguiente: “El número de puertas del edificio o local, con salida directa a la vía pública o espacio abierto, será proporcional al de espectadores. Su ancho mínimo será de 1,20 metros. Cuando su aforo exceda de 50 personas, deberá disponer de salidas cuyo ancho total deberá ser de 1,80 metros por cada 250 personas o fracción. Ni qué decir tiene que nada de esto se cumplía en el pabellón del Madrid Arena.
“Como ciudadano me veo en la obligación de contribuir con la investigación”, dice R. M. A. en otra parte. En esta línea, critica la ausencia de licencia de funcionamiento y de la póliza de responsabilidad civil del recinto, la celebración de eventos desde 2005 o la responsabilidad consistorial al ser Madrid Espacios y Congresos una sociedad mercantil anónima. La respuesta judicial no se conocerá hasta 2013, porque 2012 vence pasado mañana.
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