La Audiencia Nacional ha decidido mantener en prisión por riesgo de fuga a una de las mujeres españolas casadas con yihadistas que fueron repatriadas desde Siria en enero junto a sus hijos y que pidió recientemente ser excarcelada tras un informe forense que concluyó que los niños no habían sido adoctrinados.
"Pese al tiempo transcurrido, el riesgo de fuga persiste pues, con su conducta precedente, la recurrente ha hecho patente su capacidad para desplazarse a Siria, llevando consigo al único hijo que entonces tenía, poniéndole en situación de elevado peligro dada la situación bélica en la que la zona de destino se encontraba" en 2014, indica el auto de la sección tercera de la Sala de lo Penal, al que ha tenido acceso EFE.
Esta es la segunda vez que se le deniega a Yolanda Martínez la libertad y la primera que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional lo refrenda. Cuando pidió ser excarcelada poco después de ingresar en prisión preventiva junto a la otra española también repatriada, Luna Fernández, y el magistrado instructor, Santiago Pedraz, lo rechazó, declinó recurrir en apelación ante la Sala.
Ahora, la sección tercera avala la decisión de Pedraz, que en sus autos sostiene que el hecho de que ella se fuera de forma voluntaria a un territorio dominado por el Estado Islámico o Dáesh es un "indicio relevante" de la posible comisión de un delito de pertenencia a organización terrorista.
Argumento del que discrepa la defensa, que en su recurso alegaba que no cabe presuponer que viajase allí de forma voluntaria, ya que ella asegura que la llevó su marido "mediante engaño" y que de hecho fue con billete de ida y vuelta. Además sostiene que el informe pericial caligráfico de la carta en que se basaba la imputación de que se desplazó de forma voluntaria no ha determinado que sea de ella.
Se cuestionaba que existiese riesgo de fuga por el tiempo transcurrido desde que ingresó en prisión, su nacionalidad española, su carencia de antecedentes penales y los hijos menores.
A todo esto añadía que la exploración forense de sus hijos -que viven actualmente con sus abuelos- había puesto de manifiesto que no fueron adoctrinados, "ni fueron a la escuela, ni se les instruyó militarmente" mientras vivieron en Siria.
Cuestionaba además que existiese riesgo de fuga, por el tiempo transcurrido desde que ingresó en prisión, su nacionalidad española, su carencia de antecedentes penales y los hijos menores que tiene y que están a cargo de sus abuelos "de avanzada edad", además de resaltar que su vuelta a España fue voluntaria tras solicitar cuatro años ser repatriada.
Grabaciones, redes sociales y conversaciones
Sobre esto último, la Sala observa la pretensión de ser repatriada, "de haber existido", se expresó en los últimos años de su estancia fuera de España cuando, según se desprende de la investigación, la recurrente y sus hijos ya no se encontraban en territorio del Dáesh, sino "prácticamente privados de libertad" en una zona bajo control kurdo.
Respecto a las pruebas, los magistrados exponen que además de la carta manuscrita, cuya autoría ella niega, existen grabaciones de vídeo y conversaciones telefónicas y en redes sociales, de las que se desprenden "suficientes indicios" de su adhesión ideológica al Dáesh, así como la voluntad de desplazarse con su familia a territorios controlados por esa organización.
En enero, el juez acordó el ingreso en prisión incondicional de las dos españolas, si bien desechó la petición de la Fiscalía de retirarles la patria potestad de sus hijos, nueve en total.
"No constituye obstáculo alguno a esta conclusión la falta de prueba de la autoría -no la constancia de que la recurrente no sea la autora- de la carta manuscrita en la que tal adhesión y voluntad claramente se hacen patentes", precisa el auto.
Recuerda además que la carta está pendiente de un dictamen pericial "que hasta ahora no ha sido posible" por no haber tenido los peritos caligráficos a su disposición, "para el debido cotejo", el original de la carta y el cuerpo de escritura de la investigada.
Las dos españoles, en prisión
El pasado 11 de enero, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 acordó el ingreso en prisión incondicional de estas dos españolas, si bien desechó la petición de la Fiscalía de retirarles la patria potestad de sus hijos, nueve en total, al no apreciar un "riesgo potencial de continuar con un posible adoctrinamiento de los hijos".
Sus maridos, uno ya fallecido, fueron investigados en el Sumario 5/2014 por su integración en la autodenominada Brigada Al Andalus, establecida en Madrid y que llevó a cabo labores de radicalización, reclutamiento y posterior facilitación del traslado a Siria e Irak para la comisión de ataques terroristas.
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