El Ayuntamiento de Madrid ha vuelto a utilizar 'Versión Original' para explicar que la alcaldesa, Manuela Carmena, adquirió el 33% de una vivienda contigua a su residencia perteneciente a la abogada Cristina Almeida por valor de 180.101,21 euros, con dos pagos en metálico, y recalca que su declaración de bienes suma los valores catastrales de su patrimonio inmobiliario.
Así lo expone en el comunicado difundido en la web municipal Versión Original, recogido por Europa Press, en relación a diversas informaciones referentes a la declaración de bienes de la regidora, donde ha adjuntado la escritura notarial que certifica la compra de la vivienda y la manera en que fueron realizados los pagos.
Carmena adquirió en 2003 el 33% de la vivienda correspondiente a Almeida, contigua a su domicilio
En este punto, se detalla que Carmena adquirió en 2003 el 33% de la vivienda correspondiente a Almeida, contigua a su domicilio, por un valor de 180.101,21 euros. Dicha adquisición fue realizada en tres pagos. Dos de ellos, de 60.000 euros cada uno, ingresado en metálico en una cuenta bancaria los días el 5 de noviembre de 2003 y 13 de marzo de 2004. El otro fue mediante una transferencia de 60.101,21 euros realizada en la cuenta de la vendedora el 14 de julio de 2003. La vivienda familiar de Carmena es contigua a la de Almeida y la porción adquirida fue añadida a ella, con especial asignación de uso de la parte añadida a la primera.
"En la declaración de bienes publicada en la web de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, este 33% aparece sumado a su vivienda completa: se especifica un valor catastral de 258,506.99 euros, de los cuales 198.851 corresponden a la vivienda original y el resto a las dependencias agregadas. Es decir, se trata de una única vivienda con valor total de 258,506.99 euros formada por dos parcelas contiguas que figuran en el catastro por separado", recalca el Consistorio.
Explica que este es el caso también de la propiedad que posee Carmena en El Espinar, que suma "un valor catastral de 131,604.10 euros aunque consta a efectos de registro como dos fincas adyacentes".
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