Juan (nombre ficticio) recibió su carta de despido el mismo día que se incorporaba a trabajar en la sede de Navantia en Cartagena. Más de un año después, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha resuelto que la empresa pública tiene que readmitirle y pagarle 10.000 euros por daños morales. Este hombre sufrió una "represalia encubierta", según la sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli.
A día de hoy este hombre se encuentra incorporado en la empresa desde julio de 2021 y trabajando en Navantia con total normalidad, según han explicado a Vozpópuli fuentes de la empresa. Estas mismas fuentes niegan rotundamente cualquier intención de represalia contra este empleado.
En los recursos que han presentado, la intención de la compañía era defender y proteger el procedimiento de acceso al empleo que pactó con la representación legal de sus trabajadores en el Plan de Empleo 2019-2022. De forma que el acceso a la plantilla se haga a través de los procedimientos acordados en el Plan de Empleo, pactado entre Navantia y Sindicatos.
Este ingeniero industrial comenzó a trabajar en mayo de 2016 en el departamento de sistemas de control del astillero. Siempre bajo el paraguas de una subcontrata, en este caso de la empresa 'Soologic Technological Solutions S.L.', al igual que otros 13 compañeros. Algunos de ellos denunciaron su situación laboral mientras que otros atemorizados decidieron dejarlo pasar.
Los 14 de Navantia
Al final fueron siete los que presentaron la querella. Los dos empleados de la empresa Primary Net fueron directamente despedidos. Los otros cinco restantes, entre los que se encontraba Juan, fueron trasladados por sus jefes a otras ciudades por petición del jefe de Recursos Humanos de Navantia.
Por esa razón, tuvo que viajar a la sede de Sevilla. Un lugar donde no llegó a trabajar. Primero pidió una licencia sin sueldo y después se dio de baja por ansiedad. Tiempo después, diciembre de 2019, el Juzgado número 3 de Cartagena ordenó que tenía que ser contratado como "indefinido-no fijo". De igual forma, el Juzgado número 2 estimó una nueva demanda y apreció vulneración de sus derechos fundamentales por su desplazamiento a Sevilla.
El motivo del despido era "inviable"
Su primera jornada de trabajo fue el 25 de enero de 2021. Ese mismo día se le dio la carta de despido por causas objetivas y no pudo acceder a las instalaciones de Navantia. La empresa pública alegó que no había pasado el procedimiento previsto de selección para entrar en la empresa. Según la documentación, el demandante quedó excluido en la primera fase del mismo. Una decisión que fue revocada por la justicia.
A pesar de ello, Navantia continuó la lucha y presentó un recurso de suplicación que fue resuelto el pasado 15 de marzo en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli. El tribunal considera que vistas las alegaciones el motivo del despido es "inviable" pues, "aunque mediase la convocatoria de que se habla", ello no tiene sino un "alcance formal" ya que la posición de Navantia no era "pasiva".
Los magistrados explican que la empresa debía hacer entrevistas para "despejarse toda sospecha sobre que se actuó con animo de represalia, ya que los indicios no han quedado desvirtuados". "El demandante tiene reconocida la condición de trabajador indefinido-no fijo, y solo puede ser cesado cuando su plaza se cubra por un proceso que cumpla los requisitos legales", advierte.
Proceso de selección artificial
Para el juzgado en este caso el proceso de selección no cumple con los "requisitos de publicidad, transparencia e imparcialidad" que establece la ley y que la propia empresa menciona en la carta de despido. En este sentido, destacan que uno de los testigos, responsable de la selección de candidatos, "no supo explicar cuáles eran los requisitos exigidos, ni los criterios de selección, ni por qué el demandante quedó excluido".
La sentencia afirma que "se trata, en fin, de una represalia encubierta con un proceso de selección artificioso". Al ser un procedimiento social los magistrados se han limitado a declarar nulo el comportamiento de la empresa. Navantia ahora tiene que readmitir al trabajador y pagarle 10.000 euros por el daño moral causado. Ante esta sentencia aún cabe Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina ante la Sala de los Social del Tribunal Supremo.
Su abogado, Andrés Galán, ha manifestado a Vozpópuli que este asunto es "doblemente grave" ya que declara probado que la empresa pública "continúa represaliando a los trabajadores que se atreven a defender sus derechos si importarles las sentencias que puedan dictarse".
Perjudicar a terceros
Otro de los aspectos que destaca Galán es que Navantia, "al menos en lo que respecta a este proceso selectivo", "no cumplió con los requisitos de trasparencia e imparcialidad a los que viene obligado". "Incluso, ante la imposibilidad de justificar lo que se había hecho, alegó en el juicio que había perdido el acceso a los trámites de la oposición", afirma.
Y es que en este "proceso selectivo", "que en palabras de la sentencia fue un artificio", se presentaron más de 50 personas por lo que se "podido también producir perjuicios a terceros". "Resulta escandaloso que una empresa pública actúe de esta manera", concluye.
Precisamente, se da la circunstancia de que el pasado 6 de abril Pedro Sánchez visitó uno de los astilleros de Navantia en la localidad de Ferrol. El presidente del Gobierno destacó el "papel fundamental de Navantia en el sector naval", que emplea a 70.000 personas y factura 7.500 millones de euros anuales. Juan es ya uno de esos trabajadores. Ha costado varias sentencias.
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