Nuevo varapalo del Tribunal Supremo al fiscal general de Estado. El magistrado del Tribunal Supremo Eduardo Calvo ha inadmitido a trámite por "extemporánea" la recusación planteada por Álvaro García Ortiz contra los cuatro magistrados que tendrán que revisar su nombramiento. Calvo subraya, además, "la endeblez y escasa consistencia de la causa de recusación que se propone", ya que la ley establece que debe plantearse tan pronto como se tenga conocimiento de la causa en que se funde, ya que, de lo contrario, no se admitirá a trámite. Esta decisión es definitiva y no cabe recurso contra la misma.
La resolución dictada por el Supremo responde al escrito de recusación presentado por el fiscal general cuestionaba la imparcialidad de los cuatro magistrados que deben resolver el recurso de casación presentado por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) contra su nombramiento como máximo responsable de la Fiscalía.
García Ortiz justificaba la supuesta imparcialidad de los cuatro magistrados, Pablo Lucas, Luis María Díez-Picazo, Antonio Jesús Fonseca-Herrero y José Luis Requero, por haber firmado la sentencia que anuló el nombramiento de Dolores Delgado como Fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo por desviación de poder. De esta forma, según los argumentos esgrimidos por el jefe del Ministerio Fiscal sus decisiones estarían condicionadas por la postura hecha pública en aquel proceso.
Álvaro García Ortiz incidía en el caso del magistrado José Luis Requero por la publicación de un artículo en un periódico, el mismo día que se conoció dicha sentencia, en el que hablaba del Tribunal Constitucional y de la Fiscalía General del Estado como "apesebrados".
La APIF se opuso a la recusación planteada y la Abogacía del Estado no formuló alegaciones. Por su parte, los cuatro magistrados recusados en un informe conjunto señalaron que la recusación era "manifiestamente extemporánea".
El magistrado cita en su auto la sentencia 1499/2023, de la Sala Tercera, Sección 4ª, del Tribunal Supremo, de 21 de noviembre de 2023, en la cual se recogen estos mismos argumentos y que esta, ya era conocida por García Ortiz desde mucho antes de que registrara su personación en el proceso. Añade que "resulta de todo punto inimaginable que el fiscal general del Estado no conociera la resolución judicial que había anulado el nombramiento que el mismo había propuesto aquel. De hecho, el recusante en ningún momento ha alegado que antes de la demanda presentada en este proceso desconociese la sentencia de 21 de noviembre de 2023".
Calvo insiste en que la composición de las distintas secciones que, en este caso, integran la Sala Tercera del Tribunal Supremo se publican cada año en el BOE. Por eso, sela que es "enteramente inconsistente el alegato de que fue después de su personación en el proceso cuando el codemandado tuvo ocasión de conocer la identidad de los magistrados que actualmente forman parte de la Sección 4ª y que cuatro de ellos habían firmado aquella sentencia de noviembre de 2023 a la que tantas referencias llevamos hechas".
El magistrado agrega que, después de ser tenida como parte codemandada, la representación del fiscal general de Estado presentó un escrito con fecha 19 de abril de 2024 en el que se solicitaba que se le comunicase si se había designado ponente en este procedimiento, así como la composición de la Sala. Para el instructor, esta solicitud “no era en realidad sino un artificio procesal para intentar reabrir un plazo para recusar que ya había expirado”.
El magistrado acusa al jefe del Ministerio Fiscal de montar un "artificio procesal" cuando el pasado 19 de abril presentó un escrito en el Supremo solicitando que se le comunicase si se había designado ponente en este procedimiento y la composición de la Sala. "Intentaba reabrir un plazo para recusar que ya había expirado", añade.
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