España

El Poder Judicial rechaza por unanimidad los ejes del 'solo sí es sí' de Irene Montero

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad el informe al anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, acogiendo el texto

  • La ministra de Igualdad, Irene Montero. -

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad el informe al anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, acogiendo el texto de la ponencia de los vocales Roser Bach, Juan Manuel Fernández y Pilar Sepúlveda que se mostraba crítico con la iniciativa más conocida como la Ley del ´si es sí' impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero, informan fuentes del órgano de Gobierno de los jueces.

Este es un paso antes de la tramitación de cada ley que consiste en pedir opinión a los órganos consultivos, entre ellos la Fiscalía y el Consejo General del Poder Judicial. Su opinión no es vinculante, pero sirve como referencia a la hora de advertir fallos en el texto impulsado por el Gobierno. Este debate se ha producido en el Pleno que están celebrando los vocales del Consejo con la vista puesta en las conversaciones entre PP y PSOE para la renovación del órgano y que incluye a otras instituciones. La reunión ha comenzado a las 10.30 horas y también han acordado posponer los nombramientos de nuevos jueces a la semana que viene para facilitar el acuerdo.

Roser Bach fue propuesta para integrar el órgano por el PSOE, Juan Manuel Fernández por el PP y Pilar Sepúlveda, por el PSOE. Esta última es abogada experta en violencia de género de Sevilla. El informe aprobado critica algunos de los aspectos más destacados de la norma, como la definición de consentimiento o la absorción del delito de abusos sexuales en el de agresión sexual. Los magistrados no están de acuerdo con la definición de consentimiento que se realiza en la redacción. De hecho, la consideran "innecesaria" porque, según explican, en materia de delitos contra la libertad sexual, el Código Penal vigente "ya se asienta sobre la idea de consentimiento", aunque no incluya una definición del concepto.

Además, cree que el consentimiento plantea una "problemática probatoria" (cuándo existe o no consentimiento), y que las eventuales dificultades procesales para acreditar la ausencia de consentimiento no pueden trasladarse al ámbito de la tipicidad con la incorporación de una definición normativa de un elemento típico. A juicio de los vocales del Pleno del CGPJ, la definición desplaza la carga probatoria, configurando un elemento negativo del tipo cuyas distintas notas características (manifestación libre, actos exteriores, concluyentes e inequívocos y voluntad expresa de participar en el acto) deberían ser probadas por la defensa para excluir la tipicidad.

"No logrará evitar la victimización"

"De esta forma, se estarían alterando de modo sustancial las normas sobre la carga de la prueba en el proceso penal, con riesgo de afectación del principio de presunción de inocencia", apuntan las observaciones de los magistrados, avanzadas por Europa Press. Del mismo modo, apuntan que esta redacción "no logrará evitar la victimización secundaria" porque "hará girar los interrogatorios hacia el modo en que la víctima suele prestar consentimiento sexual para determinar el alcance de las circunstancias concurrentes.

Además, cree que la definición de consentimiento contiene "elementos contradictorios" al "admitir claramente en su primera parte que la manifestación de la voluntad pueda ser expresa o tácita y exigir en su inciso final que sea expresa". Para eliminar esa contradicción se propone que el precepto se refiera a la voluntad a secas, como, señalan, ya hace el Código Penal, que podrá manifestarse de modo expreso o tácito.

Una de las principales medidas que incorpora esta ley del 'solo sí es sí' es la unión en una misma tipificación de delito el abuso y la agresión sexual. Uno de los principales debates que desencadenó el juicio del caso de 'La Manada' de Pamplona. A juicio del Consejo esto entraña riesgos ya que el autor del delito "no tendrá mayores consecuencias emplear un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor".

Proponen sustituirlo por una modalidad agravada de agresión sexual cuando concurra un medio comisivo especialmente lesivo (claramente, con violencia, con amenazas), imponiendo la pena en su mitad superior. El informe señala, además, que esta medida incurre "en el riesgo de castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad". El CGPJ reconoce que, para evitarlo se ha incorporado en la norma un tipo atenuado facultativo que permite al juzgador imponer una pena menos grave en atención a la "menor entidad del hecho". Sin embargo, los magistrados creen que "adolece de imprecisión y falta de taxatividad, dejando un amplísimo margen interpretativo que podría comprometer el principio constitucional de legalidad penal".

La decisión del CGPJ se produce después de que el Consejo Fiscal (la Fiscalía) sí avalase el anteproyecto a finales del año pasado. Entendían que la definición de consentimiento otorga "más claridad a esta figura". Aún así, instaba a mejorar algunos puntos. A estos dos informes, hay que sumar el del Consejo de Estado. Una vez valorado por los tres organismos, este anteproyecto, que fue aprobado como tal por el Consejo de Ministros el 3 de marzo de 2020, deberá volver a ser aprobado por el Ejecutivo como Proyecto de Ley y después iniciar su tramitación parlamentaria en el Congreso.

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