Nuevo frente judicial para el Ministerio del Interior de Fernando Grande-Marlaska. En este caso, por una demanda interpuesta por policías nacionales por la falta de regulación de las especialidades en el cuerpo. El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda del sindicato Jupol en la que denuncia la "inacción reiterada" en relación al desarrollo reglamentario del artículo 20.3 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, del régimen de personal de la Policía Nacional.
Según apuntan desde el sindicato, no hay una regulación sobre las especialidades de la Policía Nacional, su definición, los requisitos y condiciones exigidas para el ingreso, mantenimiento y cese en las mismas, así como la compatibilidad entre ellas.
"Esta es una demanda con la que Jupol pretende poner fin a la manifiesta inactividad reglamentaria en la que viene incurriendo el Ministerio del Interior, de acuerdo al artículo 29.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, relativo a la inactividad material de las Administraciones Públicas", indican desde el sindicato.
Para la organización sindical, a pesar de que la Ley Orgánica referenciada entró en vigor hace ya casi nueve años, "la Administración sigue sin cumplir con su obligación de desarrollar reglamentariamente las cuestiones enumeradas en ese precepto", de tal manera que "ni se han definido las especialidades en el seno de la Policía Nacional, ni los requisitos y condiciones de acceso, ni el mantenimiento y cese, ni la compatibilidad entre ellas".
Jupol considera que esta "inactividad" afecta "gravemente" a la estructura, organización interna y funcionamiento de la Policía Nacional y en consecuencia, "lo que es más grave", a "la calidad del servicio público que se presta a la sociedad, ya que la ausencia de regulación impide disponer de personal altamente especializado".
En concreto, Jupol reclama que se desarrolle legislativamente para establecer de forma "clara e inequívoca" la definición, los requisitos y condiciones exigidas para el ingreso, mantenimiento y cese en las mismas, así como la compatibilidad entre ellas de las siguientes especialidades: Dirección y coordinación, Información, Policía Judicial, Seguridad Ciudadana, Extranjería y fronteras, Policía Científica, Documentación, Cooperación internacional y Gestión y apoyo.
Comparación con Guardia Civil
Además, desde el sindicato Jupol se pone de manifiesto que la falta de regulación en la Policía Nacional supone un "agravio comparativo" con la Guardia Civil, "que sí tiene desarrollada la reglamentación sobre sus especialidades mediante la Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, por la que se regulan las especialidades de la Guardia Civil, y que fue aprobada en desarrollo del artículo 23 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, del régimen de personal de la Guardia Civil".
"Resulta inadmisible que la Administración mantenga una flagrante inactividad reglamentaria en la Policía Nacional, generando una diferencia de trato, injustificada e injustificable, que lleva a que la Policía Nacional carezca de la necesaria especialización de sus integrantes, lo que afecta a la calidad del servicio público que se presta, con el consiguiente perjuicio para la satisfacción de los intereses generales que la Administración Pública, por mandato constitucional, debe siempre procurar", concluyen desde el Sindicato.
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