España

Policías celebran que el fallo del TC abre la puerta a blindar a los agentes infiltrados en movimientos sociales

La sentencia desestimatoria supone un gran paso para algunos sindicatos policiales desde los cuales se denuncia la exposición de los agentes infiltrados en medios de comunicación

El aval del Tribunal Constitucional a la figura de los agentes encubiertos sienta las bases para blindar la labor de los policías infiltrados. Un fallo pionero que ensalza el trabajo de los profesionales de la Policía Nacional que luchan contra el narcotráfico y que supone el primer paso para ratificar la ocupación de los agentes infiltrados, que cuentan con una condición diferente más relacionada con labores información, por ejemplo, sobre movimientos sociales.

Fuentes de Jupol expresan a Vozpópuli su satisfacción con una decisión judicial que respalda las actuaciones encubiertas de aquellos agentes que actúan en operaciones contra el narcotráfico o el crimen organizado. Para Ibon Domínguez, portavoz del sindicato policial, esta era una sentencia muy esperada "sobre todo por abogados vinculados con grupos radicales", los cuales tenían la esperanza de que el TC fallara a favor del recurrente, lo que supondría "arrastrar" a los policías infiltrados.

Y es que los paralelismos entre la actuación de este tipo de agentes especiales permite entrelazar también los argumentos jurídicos esgrimidos por diferentes letrados que defienden que "el engaño" de estos policías vulnera el derecho fundamental a la intimidad de algunos enjuiciados. No obstante, ambas figuras son diferentes. La actuación de un agente encubierto requiere de una autorización judicial, enmarcada en una investigación en curso. Por el contrario, los policías infiltrados son aquellos profesionales del cuerpo que se integran -generalmente en el seno de grupos radicales- con la intención de recopilar información de sus miembros y del modus operandi del mismo. La entrada en escena de estos últimos no requiere de autorización judicial y, al contrario que los primeros, no pueden cometer hechos delictivos a fin de proteger su tapadera.

De esta forma, la sentencia desestimatoria del TC supone una victoria para algunos sindicatos policiales desde los cuales, desde hace meses, se viene denunciado la exposición de los agentes infiltrados en medios de comunicación. "Desgraciadamente, se han filtrado las identidades de varios agentes. Sobre todo en Madrid es algo que nos preocupa mucho", comenta Ibon Domínguez.

Una ola que se inició en el 'procés' con la filtración de datos personales y operativos de agentes que habían estado infiltrados en grupos sociales de interés para la Policía y de los cuales se llegó, incluso, a publicar fotografías suyas en redes sociales. Por esta y otras razones, desde Jupol valoran positivamente las repercusiones de esta sentencia que, tras su aval a la labor de los agentes encubiertos, puede servir para defender también el trabajo de estos agentes de información.

Un nuevo refuerzo para litigar futuras batallas judiciales relacionadas con los policías infiltrados. "Me temo que esto también acabará en el Constitucional, aunque sí que es verdad que la información aportada por estos agentes no es tan determinante como para acabar en un tribunal", comenta el portavoz policial.

Regulación de los agentes encubiertos

Por el momento, la sentencia emitida el pasado martes solo ampara la labor de los agentes encubiertos, la cual se estaba poniendo en duda, poniendo de manifiesto que su actuación "está perfectamente regulada". Cuestión denunciada en el recurso interpuesto ante el Tribunal Constitucional, puesto que el fiscal del caso no dio cuenta al juez instructor de la habilitación de los agentes encubiertos, lo que a juicio del recurrente supuso el incumplimiento de "las exigencias de competencia del fiscal, necesidad, proporcionalidad y motivación" de su actuación.

Finalmente, el Tribunal Constitucional desestimó este razonamiento haciendo hincapié en que la actividad de los agentes encubiertos viene regulada por el ordenamiento jurídico español, en concreto, por el artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). De esta forma, la ley contempla excepciones en las que estos policías quedan exentos de responsabilidad criminal, aun habiendo cometido hechos delictivos, siempre que guarden la debida proporcionalidad y "no constituyan una provocación al delito".

La sentencia se pronuncia sobre un asunto de gran importancia para los agentes que luchan contra el narcotráfico y cuyo anonimato es esencial para poder proseguir con grandes investigaciones. Por ello, desde Jupol piden más medidas complementarias que ayuden a proteger la labor de estos policias, medidas que van desde la implementación de penas de cárcel más elevadas, hasta más facilidades para que los jueces acuerden medidas como la intervención telefónica de algunos investigados.

Más medios judiciales

Una tarea que se ve mermada con la saturación de los juzgados de instrucción en zonas como el sur de España. Ejemplo claro de esto son los datos de procedimientos abiertos en Andalucía, donde año tras año se amontonan los procedimientos de narcotráfico en zonas como Barbate, Algeciras o Gibraltar.

Según se dispone en la memoria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía relativa al último ejercicio presentado, el del año 2022, el partido judicial de Barbate ingresó a lo largo de 2022 un total de 2.300 asuntos siendo 666 de ellos civiles y 1.150 de índole penal. Un ejemplo claro de esta sobresaturación es el caso del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Barbate que, en la actualidad, tiene en tramitación 1042 diligencias previas, siendo la más antigua de ellas de 2013, de las que 79 causas son calificadas como "complejas".

Cádiz sigue siendo la provincia en la que más droga se incauta, destacando la caída de incautación de hachís y el aumento de casi un 80% de cocaína. Un incremento notable y que, según los últimos informes, está directamente relacionado con la desarticulación del grupo operativo OCON Sur. Una decisión a cargo del Ministerio de Grande-Marlaska y que Interior ejecutó sin advertir a la Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional y, tampoco, a la Fiscalía de Andalucía.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP