Política

Oriol Pujol esquiva el recurso de la Fiscalía y recupera el tercer grado

La Audiencia estima que no encuentra variables objetivas que exijan el mantenimiento del segundo grado, como pedía el Ministerio Público

La Audiencia de Barcelona ha estimado el recurso de apelación de la defensa de Oriol Pujol al auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 2 de Barcelona y ha vuelto a concederle el tercer grado considerándolo "adecuado".

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia de Barcelona revoca la resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 2 de Barcelona, que estimaba un recurso de alzada de Fiscalía contra la clasificación en tercer grado de Oriol Pujol.

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria estimó el recurso planteado por la Fiscalía contra la decisión de clasificar inicialmente al interno en tercer grado parte de que el periodo de observación fue "insuficiente, por no reunir las condiciones exigidas legal y reglamentariamente".

Argumentos de la Audiencia

Ante ello, la Audiencia de Barcelona estima que no ve "ninguna contradicción en los informes o falta de racionalidad que permita afirmar que medió un periodo de observación insuficiente", y que su propuesta de clasificación se verificó cuatro días antes de que se alcanzasen los dos meses de plazo máximo con los que se contaba.

La Audiencia remarca que no encuentra variables objetivas que permitan sostener ni que el periodo de observación fue insuficiente ni que "la personalidad del interno, su historial individual, familiar, social y delictivo, la duración de las penas o el medio social al que debe retornar el interno" exijan el mantenimiento del segundo grado.

Ante la alusión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la repercusión institucional y social del caso por su condición de diputado del Parlament, la Audiencia de Barcelona afirma que "las conductas delictivas de expolio económico y corrupción que afectan a instituciones (...) tienen indudablemente una potencia destructiva no solo para tales instituciones sino principalmente para la organización social general".

La Audiencia de Barcelona recuerda que con las penas "no se busca la venganza social, ni la conversión de infractores en banderas o símbolos, sino la corrección de los factores que en un determinado momento condujeron o pudieron conducir a la comisión delictiva para evitar la repetición futura de tales conductas".

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