Política

Begoña Gómez recurre la citación de Pedro Sánchez y acusa al juez de tomar decisiones “libérrimas”

El abogado Antonio Camacho mantiene que no hay indicios suficientes que sustenten esta causa judicial e insiste en que el magistrado se extralimita al incluir todo lo relacionado con la UCM

La defensa de Begoña Gómez ha presentado un recurso ante el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid contra la decisión del juez Juan Carlos Peinado de tomar declaración como testigo a su marido, Pedro Sánchez, en Moncloa. El abogado Antonio Camacho mantiene que no hay indicios suficientes que sustenten esta causa judicial e insiste en que el magistrado se extralimita al incluir en el caso todo lo relacionado con la Universidad Complutense de Madrid.

El letrado defiende que la citación del presidente del Gobierno afecta al derecho de defensa de su representada, ya que, según mantuvo el Carlos Barrabés en su declaración ante el juez, la reunión con Sánchez se desarrolló sin la presencia de Begoña Gómez. En el escrito, al que ha tenido acceso Vozpópuli, Camacho resalta la declaración del empresario aragonés por la que aseguró que el encuentro con el líder socialista se produjo en torno a una "ronda de entrevistas con especialistas en Innovación y con la presencia del titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G20".

El ex fiscal y ex ministro socialista insiste en "no existe el más mínimo indicio que justifique la citación efectuada más allá de la voluntad libérrima del magistrado instructor de tomar la declaración
que ha acordado". Un paso más en su defensa de las diligencias del juez Peinado conducen a una "investigación prospectiva".

Del mismo modo, Camacho apunta a que La Moncloa es la residencia actual ya no sólo del jefe del Ejecutivo, sino también de su representada y, por tanto, también su lugar de trabajo. Por ello, defiende que el segundo encuentro de Barrabés con Pedro Sánchez en la vivienda presidencial carece de base jurídica para una citación judicial, ya que la conversación fue muy breve porque el cónyuge de mi defendida recibió una llamada de teléfono".

Sobre la forma en la que el instructor pretende tomar declaración al secretario general del PSOE, el letrado entiende que es incompatible con el objetivo último de dicha citación. De tal forma, que si el juez pretende tomar declaración a Pedro Sánchez en su domicilio (por hechos que no conoce por razón de su cargo), "no encaja con lo que se pretende conseguir de dicha declaración", ya que el instructor está investigando "todos los actos, conductas y comportamientos" de Begoña Gómez desde que su esposo es presidente del Gobierno. En consecuencia, la defensa de Begoña Gómez solicita juez actuar conforme al artículo 412.2 de la LECrim, lo que permitiría al jefe de Ejecutivo declara por escrito.

El letrado vuelve a poner de manifiesto la "inexistencia de objeto de investigación", al entender que los hechos incluidos en la denuncia inicial de Manos Limpias, por la que se abrió el presente procedimiento, ya no están en manos del juzgado madrileño, sino de la Fiscalía Europea. En esta línea, la defensa de Begoña Gómez intentó frenar la declaración de los dos vicerrectores de la Complutense, al entender que los escritos iniciales no recogen nada relacionado con la UCM.

El juez cita a Sánchez después de que Begoña Gómez no declarase

Begoña Gómez reacciona de esta forma en tiempo récord a la citación acordada por el juez Peinado el pasado viernes y conocida este lunes. El instructor decidió citar al presidente del Gobierno el mismo día en que se su mujer se acogió a su derecho a no declarar ante el argumento de que este procedimiento carece de objeto. Se trató de la segunda comparecencia de la mujer del líder del PSOE en sede judicial, toda vez que, en su primera visita, el 5 de julio, alegó indefensión por no haber accedido a todo el material de la causa.

El juez apeló a la figura del “tráfico de influencias en cadena” para acordar la testifical del presidente del Gobierno, a quien ha emplazado el próximo martes 30 de julio a las 11.00 horas. Además, dio las directrices para preparar la diligencia que pretende llevar a cabo desde Moncloa a tenor de lo contemplado en el artículo 412.3 de la LECrim, que dispone que si se le va a preguntar sobre cuestiones “de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo” se le puede citar en su domicilio o en su despacho oficial.

Cabe recordar que la Ley permite a ciertas figuras determinadas –entre ellas el presidente del Gobierno y sus ministros- concurrir al llamamiento del juez. En sus citaciones puede evitar acudir al juzgado, pero no ignorar el requerimiento, si bien esta declaración se puede efectuar por escrito o por videoconferencia. Además, se establece la posibilidad de que guarden silencio si las preguntas que se les va a hacer están relacionadas con parientes o su “cónyuge”, caso este último que se da para Pedro Sánchez.

Así pues, a falta de saber si el presidente efectúa algún movimiento procesal, por el momento han recurrido su mujer y principal imputada en la causa y también se espera que lo haga la Fiscalía. El Ministerio Público se ha opuesto a cualquier diligencia en el marco de este procedimiento que arrancó por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios por dos licitaciones públicas de Red.es a Juan Carlos Barrabés, cuya contratación recomendó por carta Begoña Gómez.

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