Política

Hijos de inmigrantes sin nacionalidad se movilizan para que los abstencionistas les "cedan" el voto

Safia El Aaddam, hija de una familia marroquí afincada en Cataluña desde hace tres décadas, ha hecho un llamamiento para que las personas que no quieran ejercer su derecho al sufragio acudan a votar las opciones políticas de quienes quieren votar pero no pueden hacerlo

"Nací en España hace 23 años, estoy acabando una carrera y sé que cuando termine no podré opositar. Trabajo, pago mis impuestos, pero no puedo votar en el que es mi país". Así comienza la presentación en las redes sociales de Safia El Aaddam, hija de una familia marroquí afincada en Cataluña desde hace tres décadas que ha lanzado una campaña para que los abstencionistas "cedan" su voto a los hijos de inmigrantes que, como ella, no tienen la nacionalidad española.

"Hay personas que han solicitado la nacionalidad y que llevan esperando años a que se la den, así que, aunque quieran, este año no podrán votar en las elecciones generales pese a estar viviendo aquí toda su vida", denuncia El Aaddam, que es educadora social y está a punto de terminar la licenciatura de Filología Árabe.

Desde que entró en vigor la nueva Ley de nacionalidad española, a los solicitantes se les exige la realización de unos exámenes previos para acreditar el cumplimiento del requisito de "suficiente grado de integración en la sociedad española".

Estos consisten en una prueba para obtener el diploma de español DELE nivel A2 o superior y otra sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE).

En principio, estas pruebas son obligatorias para todos los interesados en pedir la nacionalidad, salvo que puedan acreditar que disponen de los requisitos exigidos para ser eximidos de su realización y solicitar una dispensa previa al Ministerio de Justicia.

Es el caso de El Aaddam. La joven se encuentra a la espera de que el Ministerio de Justicia le conceda el permiso que la eximiría de la realización de los exámenes para adquirir la nacionalidad debido a que ha sido escolarizada en el Estado y ha superado la educación secundaria obligatoria.

Quejas por el precio del examen

En un principio, la universitaria acudió al Registro Civil cuando cumplió los 18 años para pedir la nacionalidad española. Al ser informada de que no bastaba con un certificado de nacimiento y que tenía que presentarse a dos pruebas en el Instituto Cervantes se negó ha hacerlo. Y optó por la dispensa.

"¿Por qué tengo que presentarme a unos exámenes que cuestan 100 euros cada uno más las tasas cuando yo he nacido y me he educado aquí?", se pregunta. "A los hijos de inmigrantes se nos facilita un Número de Identidad de Extranjero (NIE), pero no se nos da la opción de tener un DNI", denuncia. Quiere que las personas en su misma situación tengan la oportunidad de tener DNI.

La nacionalidad se obtiene superando dos pruebas: una para alcanzar el diploma de español DELE nivel A2 o superior y otra sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE)

El Aaddam ha hecho un llamamiento a otros hijos de inmigrantes que no tienen la nacionalidad y que quieren votar en los comicios más allá de los municipales. La respuesta ha sido masiva. Algunos sí han hecho las pruebas, pero llevan esperando años a tener la nacionalidad. Otros no las han realizado y denuncian dificultades.

"La idea es que estas personas se pongan en contacto con otras abstencionistas: que sí tienen derecho al voto en España, pero se niegan a votar. Yo le digo a todo el mundo que vote, que es su derecho. Pero si no van a usar su voto porque no quieren hacerlo, pueden votar por los hijos de los inmigrantes que no podemos", explica. Y añade que la causa principal por la que lucha es la "agilización de los trámites de la nacionalidad".

Extranjeros en las elecciones

Al no tener la nacionalidad española, son considerados extranjeros y el derecho al sufragio se limita a las elecciones municipales. El artículo 13.2 de la Constitución establece que "solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales". 

Por tanto, según fuentes del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el reconocimiento del derecho de sufragio a los extranjeros es una posibilidad cuya realización se somete a tres condiciones derivadas de la Constitución: que dicho reconocimiento se limite a las elecciones municipales; que se respeten criterios de reciprocidad y que se lleve a cabo en los términos previstos mediante tratado o ley, por ejemplo, en cuanto a la exigencia de un periodo mínimo de residencia.

En ningún caso, los extranjeros, ya sean europeos o no, pueden ejercer el derecho al sufragio en las elecciones estatales o autonómicas

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