Política

La clave para imputar a Casado: que los jueces hallen pruebas de que amañó el máster

El Tribunal Supremo podría rechazar la exposición razonada de la juez Rodríguez-Medel y no llamar a declarar como imputado al presidente del PP si no ve indicios de delito

Los magistrados del Tribunal Supremo que deberán decidir sobre si llaman a declarar como imputado al presidente del Partido Popular, Pablo Casado, se centrarán sobre todo en tratar de confirmar si el político palentino se concertó con el director del máster para así imputarle los delitos de cohecho y prevaricación, según apuntan fuentes jurídicas conocedoras de los hechos a Vozpópuli.

Y este será, explican las citadas fuentes, el eje de la discusión de los jueces que componen la Sala II del Tribunal Supremo (TS), formada por el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, y los magistrados Pablo Llarena, Ana Ferrer, Francisco Monterde y Miguel Colmenero; que determinarán si Casado acaba siendo investigado.

En su exposición razonada, la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, reclamó al Tribunal Supremo que investigara a Casado por los delitos de cohecho impropio y prevaricación administrativa.

Este último, el de prevaricación, en calidad de cooperador necesario, ya que la juez considera que el director del Instituto de Derecho Público (IDP) de la Universidad Rey Juan Carlos, Enrique Álvarez Conde, se concertó con un grupo de alumnos escogidos, entre los que se encontraría Casado: "Para que se matriculen en el máster, pagando la tasa, para que, tras solicitar el reconocimiento legítimo de 40 créditos, sólo queden 20 por calificar".

Cohecho prescrito

Este punto de la exposición razonada es fundamental para que los jueces acuerden imputar a Casado, apuntan fuentes del caso a este diario, habida cuenta de que la propia juez Rodríguez-Medel ya adelanta en la exposición razonada que el delito de cohecho del presidente del PP estaría ya prescrito. Además, la mera matriculación en un curso podría considerarse un acto neutro, que no implicaría obligatoriamente el amaño del título.

Precisamente, la semana pasada la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) denunció un borrado masivo de correos electrónicos del Instituto de Derecho Público (IDP), que dirigía el catedrático Álvarez Conde y que está siendo investigado por la justicia por las irregularidades detectadas en algunos másteres.

La Universidad Rey Juan Carlos (URJC) denunció un borrado masivo de correos electrónicos del Instituto de Derecho Público (IDP), que dirigía el catedrático Álvarez Conde

De acuerdo con el diario El País, el profesor Pablo Acosta, nombrado por el rector en abril pasado para dirigir temporalmente el IDP tras la suspensión cautelar de Álvarez Conde, fue que quien detectó que se habían "eliminado 5.400 correos electrónicos recibidos o enviados entre 2008 y 2014", periodo que incluye los másteres cursados por Cristina Cifuentes, Pablo Casado y Carmen Montón.

La magistrada madrileña entiende que el delito de cohecho impropio, pese a que estaría inicialmente prescrito, está vinculado con el de prevaricación administrativa, que podría ser también imputable al aforado, y por lo que ya no habría prescripción: "Se considera que existe el concurso medial en cuanto que la conducta indiciariamente prevaricadora – la concesión arbitraria del título de Máster en la que en su caso el aforado y doña Alida cooperan necesariamente – es el medio utilizado para otorgar la dádiva, es decir, el Máster".

Sin embargo, la juez no aporta en la exposición razonada ninguna prueba concreta del amaño del máster. Es decir, no hay correos o cualquier otra prueba del concierto, por lo que los magistrados del Supremo tendrán que determinar si la investigación realizada por la juez es suficiente para imputar a Casado. Si no detectan el delito de prevaricación, la causa contra Casado estaría vacía, ya que el cohecho estaría prescrito.

Precedente en Granada

Una sentencia del propio Tribunal Supremo, de 10 de febrero de 2017, confirmó una sentencia de la Audiencia Provincial de Granada en la que se condenaba a un profesor y a una funcionaria por aprobar sin examinar a una alumna, que fue absuelta por los jueces de Granada del delito de cooperadora necesaria en el delito de prevaricación. Y la Fiscalía tampoco acusó a la alumna, que al igual que Casado se matriculó en un curso universitario, lo que en esta causa se consideró un acto neutro, y que no le convertía en culpable de un delito de prevaricación como cooperadora necesaria.

Precisamente, la semana pasada los magistrados del Supremo solicitaron al ministerio público que le informe sobre si el tribunal debe o no investigar al presidente del PP, Pablo Casado, por las presuntas irregularidades en su máster cursado en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC).

Tras recibir el escrito del ministerio público, los cinco magistrados del Tribunal Supremo deberán decidir si acuerdan llamar a declarar a Casado, en calidad de imputado, o por el contrario rechazan de plano la exposición razonada de la juez Rodríguez-Medel por falta de pruebas del amaño entre Casado y los profesores de la Rey Juan Carlos.

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