Política

El juez Vidal tramita su jubilación cinco meses después de reincorporarse tras ser inhabilitado

El exsenador de ERC fue inhabilitado en 2015 por tres años tras participar en la elaboración de una Constitución para Cataluña 

  • El juez Vidal tramita su jubilación 5 meses después de reincorporarse a un juzgado de los Social de Barcelona

El magistrado y exsenador de ERC Santiago Vidal ----inhabilitado en 2015 por tres años participar en la elaboración de una Constitución para Cataluña e investigado en la causa por la organización del 1-O, en la que finalmente no ha sido procesado-- ha impulsado su jubilación voluntaria, apenas cinco meses después de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le asignara, tras sus reclamaciones para volver a ejercer, la titularidad el Juzgado de lo Social número 27 de Barcelona.

Vidal, que cumplió 65 años el pasado 15 de julio, ha solicitado al órgano de gobierno de los jueces su jubilación voluntaria --pese a que la Ley le faculta a trabajar hasta los 70 años-, y esta se producirá el próximo 31 de diciembre según ha confirmado el entorno del magistrado a Europa Press. El traslado de la propuesta y los requisitos establecidos en la misma fue aprobado el pasado 9 de agosto por la última Comisión Permanente del CGPJ celebrada antes de las vacaciones de verano.

Vidal obtuvo su plaza el pasdo mes de marzo en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo que le permitía reingresar en la carrera si bien le obligaba a prsentarse a un concurso de traslados, puesto que la sanción que se le impuso conllevó su pérdida de destino en la Audiencia Provincial de Barcelona.

Tras cumplir la sanción, en marzo de 2018 Vidal solicitó su reingreso, pero el Consejo se opuso al considerar que sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas mientras estaba suspendido en funciones revelan su "falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución", una decisión que el Supremo revocó.

La sentencia del Supremo sobre Vidal derivó de una del Tribunal Constitucional (TC) que anuló un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que fue utilizado en el caso de Vidal para hacer una valoración de su aptitud y rechazar su reingreso automático a la Carrera: El artículo, según el tribunal de garantías, generaba una "incertidumbre insuperable" que lo hacía inconstitucional.

Vidal tenía la obligación de participar en el primer concurso en el que se anunciaran plazas de su categoría, solicitando todas las vacantes hasta obtener destino en propiedad, y obtuvo finalmente plaza en los juzgados de lo Socioal de Barcelona, aunque no tiene intención de ejercer hasta el tope de edad que le permite la Ley y por ello ha tramitado su jubilación voluntaria.

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