La Junta Electoral Central ha acordado incoar expediente sancionador al presidente de la Generalitat, Quim Torra, por el mensaje institucional del día de Sant Jordi y por enviar correos electrónicos a los funcionarios catalanes, pues considera que en ambos casos empleó expresiones identificables con mensajes electorales de partidos.
Ciudadanos presentó una denuncia contra Torra por entender que la comunicación institucional que hizo en Sant Jordi el president de la Generalitat era contraria a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).
Ahora, la Junta Electoral Central (JEC) estima parcialmente esa denuncia con el argumento de que durante los periodos electorales los poderes públicos no pueden realizar actos organizados o financiados, directa o indirectamente, con expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna otra formación que concurra a los comicios.
Y por ello, considera que Torra incumplió este deber de neutralidad política en el discurso que se difundió por canales institucionales, en el que se refería a los presos del "procés" ("por segundo año consecutivo viviremos un Sant Jordi con presos y exiliados políticos") y también pedía una mediación internacional para "resolver el conflicto de forma democrática".
La JEC insta también al presidente catalán a abstenerse en el futuro de realizar actos similares que supongan un uso partidista de la Generalitat.
Asimismo, el árbitro electoral estima el recurso del PSC y parcialmente el presentado por Ciudadanos por unos correos electrónicos enviados a los funcionarios de la Generalitat en el que se hacía referencia a “el nefasto 155” o a la ausencia de “el Presidente Puigdemont y los consejeros de su gobierno que están con él en el exilio o en prisión”.
De la misma forma, se incoa expediente sancionados y se requiere a Torra a abstenerse en el futuro de realizar actos similares que supongan un uso partidista de una institución pública como es la Generalitat.
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