Política

La Junta Electoral exige a Torra retirar un tuit por hablar de "exilio y presos políticos"

Para el organismo "supone un uso partidista contrario al principio de neutralidad política en los procesos electorales"

La Junta Electoral Central (JEC) ordenó este viernes al presidente de la Generalitat, Quim Torra, "la retirada inmediata" de su perfil institucional de Twitter de los mensajes en los que se incluyan referencias al “exilio” y a los “presos políticos” porque vulneran "el artículo 50.2 de la Loreg y el principio de neutralidad política que durante los periodos electorales deben respetar escrupulosamente todos los cargos públicos".

En una resolución dictada a pocas horas de concluir la campaña para las elecciones generales del próximo domingo, la JEC responde así a una denuncia de Ciudadanos.

La Junta recuerda el contenido de un mensaje que Torra incluyó en su perfil institucional de Twitter. “El exilio y los presos políticos evidencian la incapacidad de resolver de manera democrática el conflicto con Cataluña y utilizan el conflicto catalán para no hablar de los grandes retos del siglos XXI y su incapacidad para afrontarlos”, reproduce en un traducción de la versión original en catalán.

Para la JEC, las referencias al “exilio” -como situación de los dirigentes políticos que se encuentran prófugos de la Justicia- o a “los presos políticos” -en relación a los miembros de partidos nacionalistas que han sido condenados en la reciente sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2019- son "reiteradamente utilizadas por estas formaciones políticas, se incluyen en su programa electoral y su utilización en el perfil institucional de la Generalitat supone un uso partidista contrario al principio de neutralidad política en los procesos electorales (art 103.1 de la Constitución), así como a la prohibición establecida en el artículo 50.2 de la Loreg, preceptos que han sido vulnerados con esa actuación". Por eso ordena la retirada "inmediata" de los mensajes en los que se incluyan este tipo de referencias.

La imagen del Rey

Por otro lado, la Junta Electoral también concluyó este viernes que el PP incurrió en una vulneración del artículo 46.5 de la Loreg al utilizar la imagen del Rey para uno de sus vídeos electorales.

El Partido Popular ya retiró en su momento el vídeo denunciado por el PSOE. De modo que hoy, la JEC sólo recuerda "que dicha retirada debe mantenerse durante todo el proceso electoral" y no le incoa expediente sancionador porque el partido de Pablo Casado lo hizo de forma voluntaria y antes de este Acuerdo.

Tras examinar las imágenes, la Junta considera que hay "una apropiación indebida del prestigio de la Corona en beneficio" del PP. "Esa utilización implica un aprovechamiento partidista que podría generar confusión acerca de la vinculación del Rey con esa formación política y por eso quebranta la prohibición establecida en el artículo 46.5 de la Loreg, dado que una cosa es la licitud de apoyar a la Corona y otra la ilicitud de que se pueda interpretar que la Corona apoya (o da su “confianza”) a una candidatura determinada, puesto que la figura del Rey es patrimonio de todos y debe estar al margen del debate electoral", explicó.

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