La Justicia considera ilegal que los ayuntamientos de Cataluña se afilien a la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI) de dicha comunidad. Así consta en una sentencia de 4 de febrero dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Los magistrados José Manuel de Soler Bigas, en calidad de presidente; Francisco Sospedra Navas y Eduard Paricio Rallo, concluyen que la afiliación de los consistorios catalanes a esta asociación "sobrepasa el ámbito de las competencias locales de las Corporaciones Municipales", según consta en la sentencia, que confirma un fallo previo del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Lérida de 15 de abril de 2015.
En concreto, el fallo se produce después de que el Ayuntamiento de Alás y Cerc (Lérida) recurriera una sentencia que prohibía pagar la cuota para formar parte de la Asociación de Municipios por la Independencia, ya que el Consistorio alegaba que el objetivo de este colectivo nacionalista era llevar a cabo tareas de interés común.
Abogacía del Estado
Sin embargo, los magistrados hace caso a la opinión de la Abogacía del Estado, e impiden a este Consistorio independentista que abone la cuota para formar parte de la AMI al considerar que integrarse en esta asociación es "un acto susceptible de ser considerado nulo de pleno derecho".
La sentencia considera evidente que los objetivos de la Asociación de Municipios por la Independencia quedan referidos a la configuración política de Cataluña en su conjunto, a los intereses y al futuro de todos los catalanes: "No a los intereses específicos del municipio o de sus habitantes como colectividad local", resaltan los magistrados.
El fallo indica, en el mismo sentido, que la Asociación de Municipios por la Independencia de Cataluña defiende unos intereses políticos y jurídicos distintos al colectivo local, en cuyo marco, explican los jueces, debe delimitarse el campo del gasto municipal.
Causas archivadas
Tanto la AMI como la Asociación Catalana de Municipios (ACM) desempeñaron un papel importante en el procés, ya que este colectivo de alcaldes independentistas promovieron la votación en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña archivó de forma reciente la acusación que interpuso la Fiscalía contra el conseller de Interior y ex presidente de la Asociación Catalana de Municipios (ACM), Miquel Buch, y la expresidenta de la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI) y alcaldesa del Ayuntamiento de Vilanova i La Geltrú, Neus Lloveras, por supuesto delito de desobediencia grave en relación con el 1-O.
Los fiscales acusaron a Buch y a Lloveras de enviar al resto de regidores de la ACM y la AMI correos electrónicos en los que se les pedía que facilitaran espacios para celebrar la votación. En este sentido, el ministerio público les acusó de desobediencia grave, prevaricación y malversación. Al final la querella fue archivada.
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