La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal, de no rastrear el dinero detectado al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato en trece cuentas bancarias de Mónaco, Alemania, Suiza, Reino Unido, Luxemburgo y Panamá, según indica un auto de 12 de febrero, al que ha tenido acceso Vozpópuli, en el que los magistrados justifican su decisión porque no quieren dilaciones en la investigación, que se inició hace cuatro años.
"Las comisiones rogatorias que se propone cursar a tan distintos países, sobre la base de lo que son en la práctica estas diligencias, dilataría enormemente la incorporación de los datos que se pretende conseguir. Pero es más: del resultado de estas comisiones, no puede garantizarse –a la vista del escrito del fiscal- que no se solicitasen nuevas actuaciones, entrando de tal modo en una dinámica de indebida prolongación del caso", especifica el auto.
De esta forma, los magistrados de la Sección 23 de la Audiencia de Madrid renuncian a perseguir el dinero descubierto en el extranjero al también ex director gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) por los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y por la Fiscalía Anticorrupción; y apoyan la decisión del juez de denegar las comisiones rogatorias sobre trece cuentas bancarias, a entidades de los seis países en los que se han detectado cuentas bancarias vinculadas a Rato.
Sin datos bancarios
La Audiencia de Madrid también rechaza que se pida información a las entidades bancarias sobre las cuentas de 20 personas físicas y jurídicas. En concreto, la Fiscalía reclamaba datos como fechas, documentos, movimientos bancarios desde el año 2006, transferencias, operaciones, pagos, la identidad de las personas intervinientes en las operaciones, mensajes, contratos, datos de correspondencia y justificantes.
En relación a las cuentas bancarias, el ministerio público tampoco podrá obtener información de los titulares de las cuentas, los movimientos de dinero, el origen y destino de los fondos; así como de los contratos, el nombre de los titulares y otras cuentas o productos financieros relacionados con Rodrigo Rato o con personas o sociedades de su entorno.
Los magistrados de la Sección 23 de la Audiencia de Madrid rechazan también la declaración como imputados por delito de blanqueo de capitales de cinco personas, y que el ministerio público considera que podrían haber ayudado a Rato a mantener su dinero fuera del control de Hacienda.
"Horizonte muy lejano"
En la resolución, los jueces explican que si se acordara todo ese cúmulo de diligencias solicitadas por la Fiscalía, eso conduciría "indefectiblemente", a una extensión de la instrucción "hasta un horizonte cronológico indeterminado, pero sin lugar a la más remota duda, muy lejano".
"Siendo consecuentes con nuestras anteriores resoluciones en esta causa, hemos de reiterar la conveniencia de evitar la dilación de lo que pueda ser el todavía futuro enjuiciamiento de los hechos, cuya instrucción se extiende ya por período de casi cuatro años", concluyen los magistrados, que respaldan que el magistrado Serrano-Arnal denegara el pasado 5 de diciembre numerosas peticiones de investigación del ministerio público.
Los jueces indican que con esta decisión no tratan de "ignorar, omitir o despreciar datos relacionados con los hechos", sino que pretenden "acotar la causa a un ámbito de enjuiciamiento posibilista en ese plazo razonable que proclama el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".
Ingente cantidad de datos
El auto de la Sección 23 de la Audiencia de Madrid además, que califica como "evidente" la complejidad que encierran las comisiones rogatorias, también llama la atención en la "ingente" cantidad de datos que se solicitan a través de la investigación que se propone de las cuentas bancarias de una importante cantidad de personas (físicas y jurídicas).
Una investigación que "dilataría" la instrucción de forma "desmesurada", ya que la Fiscalía, completan los jueces, pide información detallada sobre fechas, documentos, movimientos, transferencias, operaciones, pagos, personas intervinientes, mensajes, contratos, datos de correspondencia y justificantes.
"Observamos a la vez que tan extenso conjunto informativo se remonta nada menos que al año 2006; esto es, a los últimos trece años. Ello entronca de forma difícilmente discutible con la repetida proscripción de las investigaciones generales por mucho que en el recurso se lleve a cabo un esfuerzo argumental para sostener una contraria visión", completa el auto de 12 de febrero de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid.
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