Los letrados del Senado lanzan una bomba. En el informe de la secretaría general, al que ha tenido acceso Vozpópuli, advierten de que la ley de amnistía supone "una reforma constitucional encubierta". Y explican que se trata de una "invasión del contenido esencial de varios derechos fundamentales y de la separación de poderes, que son las dos notas características del concepto de Constitución". Los letrados del Senado defienden la necesidad de realizar su propio informe para que los senadores, que ahora deben recibir la ley y votarla, cuenten con un análisis judicial independiente al del Congreso.
Es más, hacen hincapié en lo necesario de su aportación puesto que el informe de los letrados de la Cámara Baja es sobre una versión de la ley que fue modificada en el pleno de la Cámara con una última enmienda transaccional que supuso señalar a los jueces que la fuente jurídica con la que deben interpretar si imputar o no a los independentistas del procés, en especial a Carles Puigdemont, un supuesto delito de terrorismo es el derecho europeo y no el código penal español.
El golpe de la Cámara Alta se suma a los dos informes del Poder Judicial, que no son vinculantes, pero que también le ponen pegas. Uno, el del vocal conservador también tacha de inconstitucional la ley. Lo sangrante es que el de la vocal progresista, que sí contempla el encaje constitucional de la medida de gracia, sostiene que el texto “contiene algunas fórmulas excesivamente abiertas e indeterminadas". Ambos ponen pegas. Y Moncloa les quita hierro e insinúa que el Poder Judicial está contaminado "por su cercanía al PP".
La Proposición de ley incurre en motivos de inconstitucionalidad
"La Proposición de ley incurre en motivos de inconstitucionalidad por vulnerar varios principios, valores y derechos fundamentales que se contienen en la Constitución: valor superior justicia (1.1) y principio de separación de poderes. Invasión del ejercicio de la función jurisdiccional (articulos 66.2 y 117.1 y 3), por la injerencia en el ejercicio de la potestad jurisdiccional atribuida en exclusiva a los Jueces y Magistrados (artículo 117.1 y 3) y el desconocimiento del deber de cumplimiento de las sentencias firmes establecido en el artículo 118 de la Constitución, en cuanto supone una suspensión de dicha potestad, lo que no puede hacerse, como se ha dicho, en ausencia de un reconocimiento constitucional expreso de la potestad de amnistiar concedida al Parlamento", explica el informe.
Los letrados se ven en la obligación de advertir de lo siguiente, "habida cuenta de la clara inconstitucionalidad del texto": de que "su carácter no es orgánico y que debería plantearse el eventual desglose de la iniciativa, de ser este posible"; que "debe concretar el plazo para la tramitación (sobre el que pesa en estos momentos una grave indeterminación puesto que está pendiente de resolución y en fase de alegaciones el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la reforma del Reglamento)" y de que "con el simple acto de traslado del texto aprobado en el Congreso por parte de su Presidencia y la admisión inmediata del mismo a que viene obligado el Senado, por la necesaria continuidad del procedimiento legislativo constitucionalmente garantizada, se están vulnerando los derechos fundamentales de representación política de sus Senadores y de la ciudadanía a la que estos representan".
Por todo esto, los letrados dejan expedito el camino que para que se plantee un "conflicto entre órganos constitucionales". Y es que, según la Cámara Alta, el Congreso ha podido incurrir en "graves irregularidades". "El procedimiento legislativo, aunque se desarrolle en sucesivas fases en cada Cámara, posee un carácter unitario e integrado, donde ambas Cámaras participan en una sucesión compleja de actuaciones sin solución de continuidad. Por ello, las irregularidades formales que pueden viciar alguna de esas fases se comunican inmediatamente a todo lo actuado con posterioridad. En este sentido, la iniciativa que se recibe ahora en el Senado para su tramitación en esta Cámara, aun cuando goza del respaldo mayoritario emitido en las votaciones sucesivas del Pleno del día 14 de marzo de 2024, podría estar afectada de nulidad por las graves irregularidades que se han puesto de manifiesto en el iter legislativo en el Congreso de los Diputados".
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