El Consejo de Gobierno de la Región de Murcia ha aprobado este jueves el decreto ley de Protección Integral del Mar Menor, que prohíbe el uso de fertilizantes en los primeros 500 metros de franja costera, limita los ciclos de cultivos en el Campo de Cartagena y suspende temporalmente los nuevos desarrollos urbanísticos.
El texto establece medidas que limitan los usos agrarios, ganaderos, pesqueros, turísticos y urbanísticos en 2.400 kilómetros cuadrados del Campo de Cartagena y el mar Menor, que quedan divididos en dos zonas: la 1, que cubre un 15 % de la superficie y que contempla mayores restricciones, y la 2, que abarca el 85 % restante.
Así, las medidas entrarán en vigor en una horquilla de tiempo que va desde su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y un año después, estableciendo que en los primeros 500 metros desde el litoral no se podrán utilizar fertilizantes, estiércoles o abonado en verde.
Además, la Comunidad incentivará la transformación de la actividad agrícola mediante ayudas a los agricultores y agroindustrias que cambien sus cultivos a secano, ecológico, hidropónico y sostenible de precisión, en ese orden de prioridad, al tiempo que se prohíbe la transformación de secano a regadío y la roturación en suelo forestal.
Por otra parte, se limitarán los ciclos de cultivo, por lo que queda prohibido más de dos cosechas anuales en la misma parcela, salvo las hortalizas de ciclo inferior a 45 días, para las que se permitirán hasta tres cosechas al año.
Corredor ecológico
Esta decisión afectará al 90 % de las plantaciones que se realizan al año en el Campo de Cartagena, aunque el consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Antonio Luengo, ha asegurado que la rentabilidad económica estará "satisfecha".
La norma establece un plazo de cinco años para aprobar el Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente del Mar Menor, que regulará las actividades en el espacio comprendido entre la autopista AP-7 y la vía rápida de La Manga y la costa, donde se deberán adaptar los usos agrícolas a un carácter ecológico, forestal y turístico.
En esta zona se establecerá un corredor ecológico para actuar de filtro natural ecosostenible, además de impedir la total urbanización del litoral evitando la construcción entre espacios urbanos, los cuales se dedicarán a espacios de carácter ecológico o forestal.
El decreto ley contempla un área de exclusión temporal para nuevos desarrollos urbanísticos no aprobados antes de entrar en vigor el decreto ley, excepto los planeamientos aprobados o que cuenten con aprobación inicial. Deben paralizar los ayuntamientos y, subsidiariamente, la Comunidad.
Tampoco están permitidos los usos industriales, salvo las plantas solares fotovoltaicas; comerciales; logísticos; de almacenaje; hoteleros; de restauración; terciarios recreativos y cualquier uso que se encuentre en terrenos inundables, salvo las actuaciones de interés regional o turístico y proyectos estratégicos que acrediten su no afección a la laguna.
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