Las elecciones de este jueves 21 de diciembre abren un plazo para que se constituya el nuevo Parlamento catalán hasta el 23 de enero de 2018. Los plazos están recogidos en la Ley de Presidencia de la Generalitat y el Govern, que da al presidente de la Generalitat 20 días hábiles desde la fecha de las elecciones para convocar la sesión constitutiva de la Cámara.
La norma da la potestad al presidente del Govern de constituir la Cámara, pero, tras haber sido cesado en aplicación al artículo 155, la presidencia ha sido delegada por Mariano Rajoy a la vicepresidenta del Gobierno central, Soraya Sáenz de Santamaría.
Tras la sesión constitutiva del Parlament, en la que se elige el presidente del Parlament y los miembros de la Mesa, se abre un plazo de 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga la investidura de un candidato a la Presidencia de la Generalitat.
Proponer un candidato antes del 6 de febrero
Esto situaría el plazo máximo hasta el martes 6 de febrero: entonces se sometería a una primera votación y, si no lograra la mayoría absoluta de los votos, dos días más tarde se celebraría una segunda votación, en la que al candidato le valdría la mayoría simple para ser investido.
Si tampoco lo lograra entonces, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar un candidato, lo que situaría la fecha límite para votar un presidente de la Generalitat en el sábado 7 de abril; si no fuera posible, se volverían a convocar elecciones automáticamente.
Al principio de la última legislatura catalana se agotaron todos los plazos tanto para constituir el Parlament como para investir a Artur Mas por las desavenencias que mostraron entonces JxSí y la CUP hasta encontrar un candidato de consenso, que finalmente fue Carles Puigdemont.
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