Podemos presentará su querella contra el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo. Esta vez, en la sala correcta de este órgano, la de lo Penal haya declarado su falta de competencia para conocerla, ya que al tratarse de la investigación a un magistrado el asunto corresponde a la especial, denominada del artículo 61.
La querella se presentó por presunta prevaricación tras la decisión de este magistrado de llevar a un Pleno que se celebrará el próximo 5 de noviembre la decisión final sobre quien debe pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados -conocido como impuesto sobre de impuesto de hipotecas-.
La secretaria de Acción Institucional de Podemos, Gloria Elizo, ha reprochado al alto tribunal, en declaraciones a Europa Press, que haya inadmitido sin más la acción penal interpuesta por esta formación, en vez de redireccionarla al órgano adecuado.
"El principio 'pro actione' que guía cualquier actuación judicial, especialmente en el acceso a la Justicia, podría haberles llevado a redireccionarla ellos mismos, como hacen juzgados y tribunales constantemente -ha manifestado-. Ojalá esta velocidad para inadmitir se repita en la velocidad del propio procedimiento".
En su resolución, dada a conocer este jueves, el Tribunal Supremo advierte a Podemos que la Sala correcta es la especial del artículo 61, que es la que entiende de acciones contra sus magistrados.
Por ello, el Supremo archiva las actuaciones en la Sala de lo penal "sin perjuicio del derecho que asiste al querellante a reproducir su petición ante el órgano correspondiente". Esta Sala la preside el propio presidente del Supremo, Carlos Lesmes, y de ella forman parte entre otros todos los presidentes de las cinco Salas del Tribunal Supremo.
La querella, presentada este martes ante la Sala de lo Penal del Supremo sostiene que Díez-Picazo habría podido incurrir en un delito de prevaricación judicial al convocar el Pleno para que se ratifique o corrija la jurisprudencia sobre el mencionado impuesto después de que una sección de esta Sala Tercera fallara el pasado jueves que es el banco quien debe abonarlo, cuando en febrero el mismo tribunal sentenció que la responsabilidad correspondía al ciudadano. Podemos pedía también que ese Pleno, que integran los 31 magistrados de lo Contencioso de este Tribunal, fuera suspendido Solicitaba Podemos también al Supremo que recabe también el acta de la reunión mantenida el 22 de octubre de 2018 entre el presidente del Tribunal Supremo y el CGPJ, Carlos Lesmes, el propio Díez-Picazo y los seis magistrados de la Sección Segunda de esta Sala Tercera que dictaron la sentencia desfavorable a la banca.
Argumentaba en su querella que no hay precedentes" de que se convoque un Pleno de una Sala después de una sentencia "con la excusa de que tiene repercusión económica y social". "Claro que la sentencia tiene repercusión económica y social, pero una repercusión que ha sido favorable a los contribuyentes particulares prestatarios", apunta la organización que dirige Pablo Iglesias, para incidir en que, sin embargo, su decisión "beneficia únicamente a las entidades financieras y no al conjunto de la sociedad".
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