La Comisión Permanente ha denegado este jueves el reingreso al servicio activo al magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada Solaesa, al no haber aportado documentación justificativa –pese a que se le requirió el pasado 29 de agosto- de su cese en el cargo que motivó su declaración el pasado 8 de marzo en la situación de servicios especiales –el de magistrado del Mecanismo Residual ante los tribunales internacionales de Naciones Unidas- o, en su caso, del cese de la causa que determinó tal declaración, que según su propia solicitud era participar en la fase de sustanciación y resolución del recurso de apelación en el caso del fiscal contra el expresidente serbio de Bosnia Radovan Karadzic.
La Comisión Permanente basa su decisión en el informe emitido por los órganos técnicos del CGPJ, que señala que el artículo 355 de la LOPJ establece que los magistrados deberán solicitar el reingreso al servicio activo "al cesar en el puesto o cargo determinante de la situación de servicios especiales".
Según el informe, no cabe, por tanto, una renuncia a la situación de servicios especiales para dejar de encontrarse en tal situación, sino que lo que debe acontecer es un cese en el puesto o cargo que se desempeña y para el que se ha sido nombrado (bien por renuncia o por cualquier otro motivo) o, en su caso, cese de la causa que motivó dicha situación.
El acuerdo ha sido aprobado con los votos del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, y los vocales José Antonio Ballestero, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández y José Maria Macías. Los vocales Rafael Mozo y Pilar Sepúlveda han votado en contra.
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