Carles Puigdemont, el expresidente de la Generalitat fugado en Bélgica de la justicia española, asegura que volverá a Cataluña si es elegido eurodiputado en las elecciones del próximo 26 de mayo. El exjefe del Govern catalán cree que gozaría de inmunidad parlamentaria desde el día posterior al sufragio. Sin embargo, el momento en que adquiere esa condición vuelve a abrir un mar de interrogantes jurídicos como cuando fue elegido diputado al Parlamento de Cataluña.
Nada impide que Puigdemont se presente a los comicios europeos. Pero en caso de que alcance los votos suficientes para salir elegido, deberá pisar sí o sí las dependencias del Congreso de los Diputados. Allí es el único sitio -según el artículo 224.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)- donde puede prometer o jurar la Constitución ante la Junta Electoral Central como marca la Ley Electoral. Sin ese paso, no podrá recoger el acta que le acreditaría como eurodiputado. Aunque esa recogida no la tiene que hacer presencialmente.
¿Qué pasa si no vuelve?
Si Puigdemont finalmente opta por no regresar a España en los cinco días posteriores a la proclamación de los resultados, la JEC declarará vacante su escaño, aunque la lista no correrá si no renuncia al mismo. Y este es un escenario muy probable, puesto que sobre él sigue pesando sobre él una orden de detención.
El expresidente catalán alega que adquirirá la inmunidad parlamentaria desde el momento de conocer el resultado del sufragio y no cuando recoja el acta. Aunque diversas fuentes jurídicas consultadas no lo ven así. Esa inmunidad, en todo caso, afectaría a los hechos cometidos en el ejercicio de su cargo y no a los anteriores como los que se le imputan en la causa que fue instruida por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.
La Ley Electoral deja claro que si no acata la Carta Magna, quedarán "suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento". Así que Puigdemont podría decantarse por dar la batalla legal contra la normativa española ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La directiva europea de 20 de septiembre de 1976) dice que es la Eurocámara y no los estados miembros quienes deben velar por que se cumplan los requisitos para ser diputado.
El precedente de Ruiz-Mateos
Si finalmente Puigdemont lograse superar toda la carrera de obstáculos y terminase obteniendo el acta sin ser detenido, existe un procedimiento específico para que el Parlamento Europeo retirase esa eventual inmunidad. Serían las autoridades judiciales españolas las que lo solicitarían a la Eurocámara, que en último término tendría que votarlo en Pleno.
Así sucedió con uno de los precedentes a los que se agarran en el equipo de Puigdemont; el del empresario José María Ruiz-Mateos en 1989, que tomó su acta de eurodiputado pese a que tenía una orden de busca y captura por el incidente con el exministro de Economía, Miguel Boyer. El Parlamento Europeo le retiró la inmunidad tras un suplicatorio del Tribunal Supremo español, entendiendo que los delitos que se le imputaban resultaban "ajenos al ejercicio de una actividad política relacionada con su mandato de eurodiputado".
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación