Política

Espinar debería haber sido multado con 60.000 € por tener el piso vacío más de 3 meses

Ramón Espinar no quiere hacer ninguna declaración más hasta que tenga “toda la documentación” sobre la materia después de haber cometido este miércoles varios “errores”.

El senador y diputado de Podemos en la Comunidad de Madrid, Ramón Espinar, tendría que haber sido multado por la Comunidad de Madrid por mantener su vivienda protegida vacía más de tres meses, según técnicos en la materia. El diputado, según las mismas fuentes, cometió, al menos, una infracción administrativa de la normativa de vivienda protegida calificada como infracción “muy grave” por mantener la vivienda protegida desocupada durante más de 3 meses, según recoge el artículo 8 de la Ley 9/2003, de 26 de marzo de Régimen sancionador en materia de vivienda protegida de la Comunidad de Madrid.

Esta irregularidad está sancionada con multa de 6.001 a 60.000 euros (art 9). La Comunidad ha impuesto varias sanciones de este tipo por especular con la vivienda protegida y está obligada a aplicar esta Ley cuando tenga conocimiento de una irregularidad. Según la Ley son faltas “muy graves” no destinar las viviendas protegidas a domicilio habitual y permanente o dedicarlas a segunda residencia. “Se considera que no se destina a domicilio habitual y permanente cuando permanezca desocupada durante un plazo superior a tres meses seguidos sin causa justificada”, dice la norma.

Las infracciones leves están sancionadas con multa de 150 a 1.500 euros, las graves de 1.501 a 6.000 euros y las muy graves, como es el caso, con multa de 6.001 a 60.000 euros. Personas que conocen el caso señalan que “la voluntad de especular es clara: nunca se empadronó en Alcobendas, pese a que es obligatorio que la vivienda protegida se destine a domicilio habitual y permanente". Insisten estos expertos en que si no podía pagar las cuotas de la cooperativa, “lo que tenía que hacer, como todo el mundo, es renunciar”. En este caso, se le devuelve el dinero y la vivienda se adjudica a otro. Así está previsto expresamente en los Estatutos de la Cooperativa y en el contrato que firmó Espinar. En caso de no haber realizado estos pagos, se le habría retirado de la cooperativa y de la vivienda.

Espinar explicó durante su rueda de prensa, añaden, que el precio al que vendió la vivienda era el que le fijó la Comunidad de Madrid. “La normativa autonómica –añaden- estipula un precio mínimo y máximo para el metro cuadrado. Los 'modulos' a los que se refirió el senador marcan solo una horquilla, pero no es el precio obligatorio al que se tiene que vender. Esto significa que Espinar pudo traspasar el inmueble al precio por el que lo compró sin obtener el beneficio de 20.000 euros que ha reconocido".

El diputado cometió, al menos, una infracción administrativa "muy grave" de la normativa de vivienda

Estos técnicos resumen que Espinar compró una vivienda protegida sin necesidad, ni idea de destinarla a vivienda habitual en un municipio en el que ni estuvo ni tuvo intención de empadronarse. Le fue adjudicada “a dedo” al margen del sorteo en el que participaron todos los interesados, y sin estar empadronado en la ciudad de Alcobendas. También se preguntan cómo obtuvo un préstamo hipotecario un universitario de 23 años sin ingresos. Ramón Espinar no ha querido hacer este jueves ninguna declaración en la Asamblea de Madrid hasta que no tenga toda la documentación sobre la compra del piso en su poder.

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