La próxima semana, el Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto dirimir los dos primeros recursos de la veintena que fueron presentados por los condenados por el caso de corrupción más grave de la historia en democracia, el uso fraudulento de los ERE en Andalucía durante más de una década. El montante global del fraude ascendió, según las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla, y después del Tribunal Supremo, a 680 millones de euros desviados de las arcas públicas para favorecer el amiguismo con ayudas, subvenciones y cobros ilegales.
En concreto, el TC abordará los recursos de Magdalena Álvarez, quien fuera consejera de Hacienda en la Junta de Andalucía, y de José Antonio Vieira, ex consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico del Gobierno andaluz. Ya se conoce que la ponencia del primero de los casos, elaborada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, es favorable a amparar a Magdalena Álvarez, de cuya conducta Pedro Sánchez presumió en Benalmádena (Málaga) durante uno de los últimos mítines de las elecciones europeas.
Lo cierto es que en las próximas semanas el TC abordará los recursos de amparo de los diecinueve condenados, entre ellos los expresidentes de la Junta, y también del PSOE, Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Chaves fue condenado a una pena de inhabilitación para ejercer cargo público por un delito de prevaricación. La condena de Griñán fue más grave, de seis años de cárcel, también por prevaricación, delito al que se sumó otro de malversación de caudales públicos.
En efecto, son una veintena de casos y a priori cada uno presenta alegaciones y peculiaridades jurídicas diferentes, con lo que las sentencias de amparo que puedan exonerar, por ejemplo a Chaves o Griñán, afectarán solo al delito de prevaricación, en la medida en que, como sostiene la Fiscalía, considerar prevaricación una iniciativa legislativa —la que puso en marcha toda la mecánica de los ERE— supondría tanto como introducir un control penal previo o preventivo sobre las normas que se aprueban, cuando realmente la ley impide que eso se pueda acometer ni administrativamente ni constitucionalmente. En principio, la inmensa mayoría de las decisiones de amparo que se adopten para cada caso tendrán un carácter parcial.
Pero eso no obsta para que de facto el TC se disponga a desactivar tanto la sentencia dictada en Sevilla como la suscrita por la Sala Penal del Tribunal Supremo. Incluso, para que los fallos del TC sean interpretados como una suerte de ‘indulto encubierto’, especialmente para Chaves, Griñán o Magdalena Álvarez que La Moncloa se ha propuesto de momento no abordar para evitar el escándalo que supondría una medida de gracia de esas características para el mayor caso de corrupción conocido en nuestro país. En la hemeroteca quedan las palabras de Pedro Sánchez diciendo que el PSOE nunca indultará a políticos inmersos en casos de corrupción.
En este caso se da además la peculiaridad de qué dos de los magistrados del TC, pertenecientes a la mayoría denominada progresista y avalada directamente por el PSOE, han decidido no abstenerse de participar en las deliberaciones o, menos aún, de ser ponentes de algunos de los recursos pese a su aparente ‘contaminación’. Es el caso de la propia Inmaculada Montalbán, y de quien fuera ministro de Justicia de Pedro Sánchez, Juan Carlos Campo.
Campo fue alto cargo del Gobierno de la Junta de Andalucía en dos etapas, la de Chaves y la del propio Griñán. Campo, magistrado de profesión, pidió la excedencia en 1997 para dedicarse directamente a la política, y lo hizo inicialmente como director general de relaciones con la Administración de Justicia de la Junta, entre 1997 y 2001. Es decir, designado con Chaves al frente de la Junta. Después, entre 2014 y 2015, ya con Griñán al frente del consejo de gobierno andaluz, Campo ocupó el cargo de secretario general de Relaciones con el Parlamento de la Junta. Se trata en ambos casos de puestos de libre designación refrendados por quienes precisamente ahora podrán verse amparados con su voto en el Pleno del TC, tribunal en el que nadie espera ningún otro resultado que no sea el ya clásico de siete votos frente a cuatro.
El caso de Montalbán es diferente, pero fue condecorada y elogiada públicamente por Griñán, que le concedió la Medalla de Andalucía en 2012, como reconocimiento a su trayectoria judicial. En aquel momento, la justificación del galardón recogida gráficamente en el Boletín Oficial de la Junta sostenía textualmente “por ser experta en la lucha contra violencia de género, y comprometida con la conquista de mayores cotas de calidad democrática, su firme defensa del Estado de derecho y su esfuerzo por alcanzar el ideal de una convivencia sin violencia”. Lo cierto es que ni los magistrados se han sentido impelidos a renunciar a analizar los recursos de amparo por presunta falta de imparcialidad, ni tampoco han sido recusados.
Al ser conocedora del galardón que le había sido concedido, Montalbán afirmó textualmente que “estoy muy ilusionada e incluso entusiasmada por este reconocimiento, que además supone una gran responsabilidad. La medalla me hará trabajar más por una mejor calidad democrática de nuestra sociedad y para responder a mi gente, que son los andaluces, que seguiré caminando por esta senda”. Esta condecoración tuvo lugar a iniciativa de la Consejería de Presidencia de la Junta, según constaba en el boletín oficial, “y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de febrero de 2012”. Fue Griñán personalmente quien se lo entregó en Sevilla.
Montalbán siempre ha estado vinculada al sector progresista de la judicatura en Andalucía. Ha sido vocal del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del PSOE, donde se ocupó, entre otras funciones, del Observatorio de Violencia de Género, y presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior andaluz. Además, es miembro destacada e histórica de la Asociación Juezas y Jueces por la Democracia.
Fuentes del TC interpretan que esta concesión de amparos masivos parciales a la mayoría de los diecinueve condenados por los ERE fraudulentos no puede incardinarse solamente en un debate jurídico sobre la valoración de los delitos que hicieron la Audiencia sevillana y el Tribunal Supremo, donde es cierto que la Sala de lo Penal se fracturó en tres votos frente a dos para mantener el delito de malversación a Griñán. También lo achacan a la voluntad del presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, de revocar resoluciones y fallos de su antigua Sala, presidida por Manuel Marchena, con el que mantuvo una relación profesional en el Tribunal manifiestamente mejorable. “No se trata solo -sospechan las fuentes consultadas, críticas con las ponencias absolutorias- de que el TC haga el trabajo sucio que el Gobierno no quiere hacer con nuevos indultos, sino de dejar en evidencia al propio Tribunal Supremo con una interpretación de la ley afín a los cargos del PSOE”.
Aquella sentencia de la llamada ‘pieza política de los ERE, una de los cientos de causas del caso’, fue dictada tras un año y 152 sesiones de juicio, en las que declararon más de 120 testigos y nueve peritos. La sentencia concluía que el sistema es fraudulento para el reparto del dinero de falsos ERE se ideó mediante un convenio que permitió presuntamente al Instituto de Fomento de Andalucía primero, y después a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, dependiente de la Consejería de Empleo, repartir de forma discrecional las ayudas eludiendo la fiscalización. Y contando para ello con el parapeto de una normativa aprobada expresamente en el Parlamento de Andalucía que permitía consentir el fraude o, al menos, relajar su supervisión. Se concedieron en total 680 millones de forma “arbitraria”, según las dos sentencias previas que ahora el TC se propone revocar en aspectos sustanciales para Chaves, Griñán o Magdalena Álvarez.
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