El Tribunal Constitucional (TC) ha dado la razón a Unidos Podemos y ha levantado el veto del anterior gobierno, respaldado por la Mesa del Congreso de los Diputados, a la tramitación de su proposición de ley para el cierre progresivo de las centrales nucleares.
En una sentencia el TC estima el recurso de amparo interpuesto por el grupo parlamentario de Unidos Podemos contra los acuerdos de la Mesa del Congreso de 28 de abril y 6 de junio del año pasado, que rechazaron la petición de toma en consideración por el Pleno de la Cámara de dicha iniciativa.
La sentencia declara que se ha vulnerado el derecho al ejercicio de cargo público parlamentario, que se encuentra en conexión con el de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes, recogidos en el artículo 23 de la Constitución.
El tribunal declara la nulidad de dichos acuerdos y ordena que las actuaciones se retrotraigan hasta el momento inmediatamente anterior al de su resolución para que la Mesa del Congreso de los Diputados dicte uno nuevo sobre la solicitud presentada por Unidos Podemos que sea respetuoso con los derechos de participación política.
La denuncia
Unidos Podemos denunció que los acuerdos impugnados extendían el ámbito temporal de la facultad de veto del Gobierno más allá del límite de vigencia del presupuesto en vigor prolongándolo a otros ejercicios posteriores dentro del los denominados "escenarios presupuestarios plurianuales".
Además alegó que "carecían de la motivación suficiente y autónoma que le era exigible a la Mesa del Congreso para hacer efectiva la función de control del ejercicio de la facultad de veto del Gobierno".
La resolución del TC, cuyo ponente ha sido el magistrado Antonio Narváez, explica que los acuerdos impugnados han vulnerado el derecho de participación política de Unidos Podemos.
Ello porque "la aplicación de la facultad de veto del Gobierno se ha fundamentado en una argumentación que debe reputarse como contraria al sentido y alcance del artículo 134.6 de la Constitución" pues "ha considerado que el presupuesto habilitante (aumento de los créditos y disminución de los ingresos) debía extenderse a escenarios presupuestarios plurianuales".
El TC señala que la facultad de veto "únicamente puede venir referida a las partidas de gastos y previsión de ingresos presupuestarios que hayan sido previamente aprobados por las Cortes Generales en la ley anual de presupuestos generales del Estado y se refieran al presupuesto en vigor o al que lo esté en situación de prórroga".
La proposición de Unidos Podemos planteaba el cierre progresivo de las centrales nucleares a medida que sus permisos de explotación caduquen con el fin de lograr el apagón nuclear en 2024.
El calendario de cierre que proponía era no reabrir la de Garoña y cerrar Almaraz I y II y Vandellós en 2020, Ascó I y II y Cofrentes en 2021 y Trillo en 2024.
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