La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pierde la tercera batalla judicial contra el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). El juzgado central de lo contencioso-administrativo número 2 de Madrid ha desestimado el recurso presentado por la CNMV contra una resolución del CTBG sobre el expediente de la multa de 9.030 euros del regulador bursátil contra Josep Borrell, el exministro de Exteriores y actual jefe de la diplomacia europea, por usar información privilegiada al vender unas acciones cuando era consejero de Abengoa, según publica ‘El Confidencial’. La CNMV le impuso una multa de 30.000 euros.
La sentencia obliga a la CNMV a retrotraer actuaciones y dar trámite de audiencia a Borrell, un paso obligatorio en la tramitación de las solicitudes presentadas mediante la Ley de Transparencia, aunque hay posibilidad de recurso ante la Audiencia Nacional.
La CNMV tiene que dar trámite de audiencia a Borrell
El regulador bursátil omitió este trámite pese a que dos sentencias judiciales anteriores con los mismos actores —una de ellas, aún pendiente del fallo del Tribunal Supremo— ya ponían de manifiesto la necesidad de dar audiencia a los terceros afectados.
El fallo no entra a valorar si los documentos del expediente sancionador contra Josep Borrell son información pública. El juez deja este asunto para una “ulterior valoración en sede judicial, de ser objeto de [otro] recurso jurisdiccional”. Tras más de un año desde la presentación de la solicitud, la CNMV tiene que dar trámite de audiencia al exministro para después emitir una resolución. En caso de ser denegada puede ser recurrida nuevamente ante el Consejo de Transparencia y luego ante la Justicia.
“No toda la información recabada puede considerarse información confidencial”
Transparencia ya dejó entrever en su resolución impugnada por la CNMV “el interés público superior en conocer la información demandada, habida cuenta de la trascendencia de la persona involucrada”.
En otro litigio judicial presentado por la CNMV para ocultar el expediente sancionador al Banco Popular, la Audiencia Nacional ya señalaba al regulador bursátil que “no toda la información recabada por la autoridad supervisora puede considerarse información confidencial”.
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