Política

El TSJC rechaza de nuevo la querella contra Torrent por la delegación de voto

El TSJC desestima el recurso de súplica interpuesto por Vox al entender que Torrent y los miembros de la Mesa del Parlament no constituyeron "ningún delito"

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado este martes su rechazo a investigar la querella que presentó Vox contra el presidente del Parlament, Roger Torrent, por permitir la delegación de voto de los diputados encausados suspendidos por el Tribunal Supremo.

En un auto, la sala civil y penal del TSJC desestima el recurso de súplica interpuesto por Vox contra la decisión del tribunal de no admitir la querella que el partido de ultraderecha presentó contra el republicano Torrent y los miembros de la Mesa del Parlament Josep Costa y Eusebi Campdepadrós, de JxCat, y Alba Vergés, de ERC, al entender que no constituyen ningún delito.

"Ningún delito"

En su escrito, el TSJC sostiene que "no es cierto que la inclusión por la Mesa del Parlament en el orden del día del Pleno del 2 de octubre de 2018 de la proposición de acuerdos" supusiera "la consumación de ningún delito, ni la de los de prevaricación y desobediencia que se describen en la querella, ni la de ningún otro".

Entiende, además, que "carece de trascendencia" que el pleno del Parlament rechazara la suspensión de derechos parlamentarios de Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Sànchez y acordara conceder a estos diputados la posibilidad de delegar su voto y sus funciones a otro miembro de su partido.

EL TSJC defiende también que el debate parlamentario sobre los derechos parlamentarios de los diputados suspendidos no sólo no constituye un delito, sino que fue alentado por un auto de Tribunal Supremo (TS) del 9 de julio, en el que invita a la Mesa a "adoptar las medidas precisas para la plena efectividad de la previsión legal".

El TSJC también señala en su auto que los presuntos delitos denunciados por Vox "no tienen nada que ver" con la decisión del Tribunal Constitucional de impedir la investidura de Puigdemont

El TSJC también señala en su auto que los presuntos delitos denunciados por Vox "no tienen nada que ver" con la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de impedir la investidura de Puigdemont y mantiene que se fundamentan en "la exclusiva e infundada razón de oponerse a la medida cautelar dispuesta" por el alto tribunal.

Torrent convocó el 25 de enero un pleno en el Parlament para tratar de investir, cinco días después, al candidato de JxCat Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat, pero ello nunca pudo llevarse a cabo por la decisión del TC de aceptar el recurso interpuesto por el entonces Gobierno de Mariano Rajoy.

El TC resolvió impedir el 27 de enero la celebración tanto del debate del pleno como de la posterior votación, ni por medios telemáticos ni a través de otro parlamentario y prohibió además la delegación del voto a los diputados con orden de búsqueda y captura.

En su auto, la sala subraya de nuevo el "inaceptable carácter preventivo" que podría tener la querella interpuesta por Vox, una calificación empleada por el tribunal "a fin de no utilizar otros términos más gruesos alusivos a su absoluta falta de fundamento".

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